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21 Ene

Involcan rechaza que el Plan Estatal de Protección Civil incluya zonas de la Península en detrimento de Canarias

Canarias / La Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico en España –aprobada en 1996- delimitaba el ámbito territorial de su aplicación solo a Canarias, mientras que el Plan Estatal lo hace a todo el territorio nacional.

El Instituto Volcanológico de Canarias (Involcan) muestra su rechazo al Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico en España que tiene previsto aprobar el Consejo de Ministros, por cuanto que su aplicación se extiende a todo el territorio nacional, en detrimento de Canarias.

Involcan no solo critica que un país con riesgo volcánico como España tenga previsto aprobar este plan 17 años después de haber sido solicitado por el propio Estado sino que el mismo se desvíe de la Directriz Básica aprobada en 1996 en lo que respecta al ámbito territorial de su aplicación.

Según este Plan, en su apartado 1.4 "la planificación a nivel estatal tendrá por objeto la intervención ante crisis volcánicas ocurridas en cualquiera de las zonas del territorio español susceptibles de verse afectadas por fenómenos volcánicos y preferentemente, por tratarse del territorio con mayor peligrosidad, en las Islas Canarias". Sorprendentemente este apartado 1.4 del Plan Estatal -que tiene previsto aprobar el Consejo de Ministros- presenta modificaciones del apartado 2 de la Directriz Básica, en la que claramente se refleja que la planificación a nivel estatal tendrá por objeto la intervención ante crisis volcánicas que pudieran ocurrir en el ámbito territorial de Canarias, la única región volcánicamente activa del territorio nacional con riesgo volcánico. Por tanto, abre la posibilidad a que zonas volcánicas de la España continental sean tenidas en cuenta -desde un punto de vista de la protección civil y atención de emergencias ante el riesgo volcánico- contribuyendo a desvirtuar los criterios de riesgo establecidos en base a los peligros o amenazas cuyos periodos de recurrencia suelen ser inferiores a los 500 años, por ejemplo la sismicidad, las inundaciones, etc.

En este sentido, incluir en el ámbito territorial del Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico en España a zonas volcánicas del territorio nacional de las cuales no sólo no se conocen sus periodos de recurrencias respecto a erupciones volcánicas, sino que además estos podrían ser con mucha probabilidad superiores a los 5.000 ó 10.000 años, podría tener consecuencias económicas desorbitadas, además de carentes de toda lógica y sin parangón en el mundo. En resumen, Canarias es la única región volcánicamente activa del territorio nacional con riesgo volcánico, de acuerdo con los criterios establecidos para sucesos probables dentro de los periodos de recurrencia en uso (500 años como norma y excepcionalmente 1.000 años).

Bajo esta nueva variante sobre el ámbito territorial de aplicación del Plan Estatal, la Administración General del Estado puede ahora justificar sin problema alguno que la totalidad de los recursos destinados a la reducción del riesgo volcánico en España no se delimiten sólo a Canarias, al dar por sentado erróneamente que existen en España otras zonas con potencial riesgo volcánico. Por lo tanto, no sólo afectará al número de recursos humanos y técnicos que la Administración General del Estado destine para la reducción del riesgo volcánico en Canarias, sino que además les servirá para justificar porqué en la actualidad un importante número de recursos humanos de la Administración General del Estado destinados a la vigilancia volcánica en España –es el caso de Canarias- residen en Madrid y no en el archipiélago, única región volcánicamente activa del territorio nacional con riesgo volcánico.

A pesar de ser el Centro Nacional de Volcanología ó Instituto Volcanológico de Canarias (Involcan) una entidad demandada unánimemente por el Senado (02/11/2005), Parlamento de Canarias (11/01/2006) y Congreso de los Diputados (01/12/2009) con la finalidad de mejorar y optimizar la gestión científica del riesgo volcánico en España, el Plan Estatal no hace mención alguna al mismo, lo que refleja el pobre y nulo interés de la Administración General del Estado por materializar esta demanda unánime que tiene por finalidad la confluencia en dicha institución de todos los recursos humanos y técnicos que las diferentes administraciones destinan a la gestión científica del riesgo volcánico en España, sin que ello implique la pérdida de la titularidad de sus respectivos recursos, y con la finalidad de garantizar una coordinación efectiva y eficiente para la reducción del riesgo volcánico en Canarias.

En resumen, la Administración General del Estado, así como otras administraciones públicas, debiera sumarse a la iniciativa del Cabildo Insular de Tenerife sobre la puesta en marcha del Involcan para contribuir a materializar las decisiones unánimes de las Cámaras Legislativas de esta Nación destinadas a mejorar y optimizar la gestión del riesgo volcánico en España antes de aprobar un incorrecto Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico en España que claramente va en detrimento de Canarias.

Planes de Protección

La Directriz Básica de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico en España fue aprobada por acuerdo del Consejo de Ministros del 19 de enero de 1996, y publicada por resolución de la Secretaría de Estado de Interior el 21 de febrero de 1996. En su apartado 2 se expresa claramente que el ámbito territorial de su aplicación se delimita a Canarias, y por lo tanto, la misma insta a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad Autónoma de Canarias a la elaboración coordinada del Plan Estatal y el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias ante el Riesgo Volcánico en España, respectivamente.

A pesar de la aprobación y existencia de esta Directriz Básica desde 1996, tuvieron que transcurrir 13 años para que naciera y se aprobara el Plan Especial de Protección Civil y Atención de Emergencias por Riesgo Volcánico en la Comunidad Autónoma de Canarias en el 2009, en la actualidad conocido por las siglas Pevolca, y se está a la espera de la elaboración y la posterior aprobación por el Consejo de Ministros del Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico en España; que muy probablemente tendrá lugar 17 años después de haberse aprobado la Directriz Básica de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico en España.

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