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19 Nov

Obras Públicas hace efectiva la prórroga del contrato de la línea de transporte marítimo Santa Cruz de Tenerife-Los Cristianos-La Estaca

Canarias/ La prórroga se ha establecido por el plazo de un año y por un importe de 4.500.000 euros.

El vicepresidente y consejero de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias, Pablo Rodríguez, ha firmado la orden mediante la cual se prorroga, por el plazo de un año, el contrato administrativo suscrito para la prestación de la línea regular de transporte marítimo interinsular entre Santa Cruz de Tenerife-Los Cristianos-La Estaca, por un importe de 4.500.000 euros, financiado al 85% por fondos FEDER.

Este servicio, que se enmarca dentro del Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, tiene un coste total de 26.487.500 euros y una ayuda FEDER asignada del 85% de cofinanciación, que asciende a 22.514.575 euros.

En este sentido, Pablo Rodríguez afirmó: "El Gobierno de Canarias trabaja para potenciar un sistema que garantice la cohesión territorial, fomentando la conectividad de las Islas. La prestación del servicio de transporte marítimo interinsular entre El Hierro y Tenerife es fundamental porque se trata de una ruta que asegura la conectividad de los residentes en la isla de El Hierro. De esta manera, el Gobierno autonómico no solo atiende la obligación de servicio público, sino que también fomenta el transporte de mercancías y la movilidad de la población en sus opciones de desplazamiento por cuestiones médicas, de acceso la educación y la cultura, y por razones de trabajo, negocio y de ocio".

El contrato, que se prorroga por segunda y última vez, se suscribió el 19 de noviembre de 2013 entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y la empresa Caflaja S.L.U, con una vigencia de 4 años. De esta forma, con la aplicación de la primera prórroga el contrato finaliza el próximo 19 de noviembre de 2018, y con la segunda prórroga finalizará el 19 de noviembre del próximo año 2019.

El pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen el mencionado contrato establece que tendrá una vigencia de cuatro años contados desde la fecha que se estipule en el mismo y que dicho plazo de vigencia podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo conforme lo establecido en el artículo 303.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por un periodo máximo de dos años.

La ruta marítima que cubre el contrato tiene consideración de Obligación de Servicio Público (OSP) y se realiza al amparo de lo previsto en el artículo 16 del Decreto 9/2009, de 27 de enero, por el que se desarrolla el régimen especial de prestación de los transportes marítimos regulares.

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