Según recoge la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal, el importe del Fondo en cada ejercicio se actualiza de forma provisional, en función de la evolución de las previsiones iniciales de los ingresos no financieros consolidados de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Posteriormente, una vez practicada la liquidación del ejercicio correspondiente, se procede a calcular el importe definitivo del FCFM según la evolución real de los derechos reconocidos netos de los mencionados ingresos, comparando el ejercicio presupuestario correspondiente con el ejercicio inmediato anterior.
La liquidación resultante de la diferencia entre el Fondo definitivo y el Fondo provisional se incluirá en el presupuesto del año siguiente al que esta se realice. Así, los créditos necesarios para la distribución definitiva del FCFM de 2018 está recogida en la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2020.
De conformidad con el artículo 3 de la Ley del Fondo Canario de Financiación Municipal, deberá detraerse el 1%, es decir 126.533,12 euros, partida que se abonará a la Federación Canaria de Municipios (Fecam), debiéndose distribuir el resto del Fondo, 12.526.778,88 euros, entre los 88 municipios de las Islas. El Gobierno dará cuenta al Parlamento de Canarias de la autorización del gasto, en cumplimiento de la ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020.