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El TSJC anula una licencia que Reyes concedió para construir un hotel de 434 plazas en Playa Blanca

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ACN Press   
jueves, 04 de octubre de 2007
Lanzarote/ La sección segunda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado una sentencia favorable a la demanda interpuesta por la Fundación César Manrique sobre la presunta ilegalidad de la licencia concedida por el Ayuntamiento de Yaiza para la construcción de un hotel en Playa Blanca, en la parcela 139 del Plan Parcial Montaña Roja.
El TSJC se ha pronunciado sobre la necesidad de que el Ayuntamiento de Yaiza, antes de conceder la licencia, contara con un informe de compatibilidad con el PIOL emitido por el Cabildo. La Sala ha determinado con rotundidad que la ausencia de este informe de compatibilidad, que corresponde solicitarlo al Ayuntamiento por iniciativa propia, implica la nulidad de la licencia.

La sentencia también señala, por una parte, que "los preceptos del PIOT de Lanzarote
invocados eran de aplicación, en consecuencia la licencia otorgada el 13 de mayo de
1999, necesitaba el informe previo del Cabildo Insular sobre compatibilidad con el
PIOL necesario al tratarse de un planeamiento municipal no adaptado".

Pero abundando en la ilegalidad de la sentencia, el Tribunal añade textualmente que "además la ilegalidad es más que patente, atendiendo al propio informe emitido por el Secretario del Ayuntamiento don Vicente Bartolomé Fuentes en el que advirtió de la necesidad de incorporar informe de compatibilidad con el PIOT y entre otros un informe favorable de la oficina técnica municipal; sin embargo, los informes técnicos fueron totalmente desfavorables a la concesión advirtiendo que debía visarse el proyecto presentado, adaptarse el Plan parcial Montaña Roja al PIOT debiendo obtener informe de compatibilidad, destacaba el citado informe la falta de infraestructura, la necesidad de aprobar un estudio de detalle y un proyecto de urbanización del sector que no se
habían presentado y prevenía el citado informe respecto a la existencia de un acuerdo de suspensión de licencias turísticas en vigor desde el 14 de enero de 1999 (informe firmado por don Pablo Carrasco Cabrera, técnico municipal)".

La sentencia también afirma que "agotando el argumento, si existe un informe técnico y jurídico que señalan la necesidad de un informe de compatibilidad con el PIOT a emitir por el Cabildo de Lanzarote, nos preguntamos en qué momento del expediente, con qué argumentos y quién decidió que no era exigible el citado informe, porque no constan en el expediente, la exteriorización de esa decisión si no es por el acto de otorgamiento de licencia".

La Fundación César Manrique asegura que el Tribunal anula la licencia no por errores formales, sino porque la misma fue concedida contraviniendo los informes técnicos y jurídicos elaborados por los técnicos municipales.

Asimismo, la institución afirma que el TSJC se pronuncia nuevamente con igual contundencia acerca de la imposibilidad de prorrogar la licencia, tal como lo hizo el Ayuntamiento de Yaiza. Al igual que había apreciado la Sala en tres sentencias anteriores, la concesión de la prórroga de la licencia otorgada en 2003 era ilegal porque no se comprobó, antes de concederla, si efectivamente las obras se habían iniciado en el plazo de seis meses antes de conceder la prórroga, como es preceptivo tras la aprobación de la Ley 6/2001, de 23 de julio, de Medidas Urgentes de Ordenación del Territorio y del Turismo de Canarias.

El Tribunal alega que "no se puede pretender la supervivencia de la licencia otorgada a un proyecto básico en 1998, a todas las leyes que sucedieron a esta Comunidad Autónoma relativas a moratoria turística, ni resucitar licencias anteriores conectándolas a nuevas licencias y prórrogas eludiendo la normativa vigente".

La Fundación César Manrique incide en la necesidad de los ayuntamientos de plegarse a lo estipulado en el PIOT, así como a la imposibilidad de prorrogar arbitrariamente las licencias concedidas. Además, afirma que esta sentencia es especialmente "explícita" al señalar que la ilegalidad de la licencia no está fundamentada en aspectos secundarios o formales, sino en un incumplimiento de la legislación para tratar de sortear la supervisión del Cabildo de Lanzarote en materia de control territorial. Un incumplimiento que fue, además, notificado por los propios servicios técnicos y jurídicos del ayuntamiento de Yaiza.
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