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Lanzarote/ La sección segunda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado una sentencia favorable a la demanda interpuesta por la Fundación César
Manrique sobre la presunta ilegalidad de la licencia concedida por el
Ayuntamiento de Yaiza para la construcción de un hotel en Playa Blanca,
en la parcela 139 del Plan Parcial Montaña Roja.
El TSJC se ha pronunciado sobre la necesidad de que
el Ayuntamiento de Yaiza, antes de conceder la licencia, contara con un
informe de compatibilidad con el PIOL emitido por el Cabildo. La Sala
ha determinado con rotundidad que la ausencia de este informe de
compatibilidad, que corresponde solicitarlo al Ayuntamiento por
iniciativa propia, implica la nulidad de la licencia.
La sentencia también señala, por una parte, que "los preceptos del PIOT de Lanzarote
invocados eran de aplicación, en consecuencia la licencia otorgada el 13 de mayo de
1999, necesitaba el informe previo del Cabildo Insular sobre compatibilidad con el
PIOL necesario al tratarse de un planeamiento municipal no adaptado".
Pero abundando en la ilegalidad de la sentencia, el Tribunal añade
textualmente que "además la ilegalidad es más que patente, atendiendo
al propio informe emitido por el Secretario del Ayuntamiento don
Vicente Bartolomé Fuentes en el que advirtió de la necesidad de
incorporar informe de compatibilidad con el PIOT y entre otros un
informe favorable de la oficina técnica municipal; sin embargo, los
informes técnicos fueron totalmente desfavorables a la concesión
advirtiendo que debía visarse el proyecto presentado, adaptarse el Plan
parcial Montaña Roja al PIOT debiendo obtener informe de
compatibilidad, destacaba el citado informe la falta de
infraestructura, la necesidad de aprobar un estudio de detalle y un
proyecto de urbanización del sector que no se
habían presentado y prevenía el citado informe respecto a la existencia
de un acuerdo de suspensión de licencias turísticas en vigor desde el
14 de enero de 1999 (informe firmado por don Pablo Carrasco Cabrera,
técnico municipal)".
La sentencia también afirma que "agotando el argumento, si existe un
informe técnico y jurídico que señalan la necesidad de un informe de
compatibilidad con el PIOT a emitir por el Cabildo de Lanzarote, nos
preguntamos en qué momento del expediente, con qué argumentos y quién
decidió que no era exigible el citado informe, porque no constan en el
expediente, la exteriorización de esa decisión si no es por el acto de
otorgamiento de licencia".
La Fundación César Manrique asegura que el Tribunal anula la licencia
no por errores formales, sino porque la misma fue concedida
contraviniendo los informes técnicos y jurídicos elaborados por los
técnicos municipales.
Asimismo, la institución afirma que el TSJC se pronuncia nuevamente con
igual contundencia acerca de la imposibilidad de prorrogar la licencia,
tal como lo hizo el Ayuntamiento de Yaiza. Al igual que había apreciado
la Sala en tres sentencias anteriores, la concesión de la prórroga de
la licencia otorgada en 2003 era ilegal porque no se comprobó, antes de
concederla, si efectivamente las obras se habían iniciado en el plazo
de seis meses antes de conceder la prórroga, como es preceptivo tras la
aprobación de la Ley 6/2001, de 23 de julio, de Medidas Urgentes de
Ordenación del Territorio y del Turismo de Canarias.
El Tribunal alega que "no se puede pretender la supervivencia de la
licencia otorgada a un proyecto básico en 1998, a todas las leyes que
sucedieron a esta Comunidad Autónoma relativas a moratoria turística,
ni resucitar licencias anteriores conectándolas a nuevas licencias y
prórrogas eludiendo la normativa vigente".
La Fundación César Manrique incide en la necesidad de los ayuntamientos
de plegarse a lo estipulado en el PIOT, así como a la imposibilidad de
prorrogar arbitrariamente las licencias concedidas. Además, afirma que
esta sentencia es especialmente "explícita" al señalar que la
ilegalidad de la licencia no está fundamentada en aspectos secundarios
o formales, sino en un incumplimiento de la legislación para tratar de
sortear la supervisión del Cabildo de Lanzarote en materia de control
territorial. Un incumplimiento que fue, además, notificado por los
propios servicios técnicos y jurídicos del ayuntamiento de Yaiza.

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