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El consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, explicó hoy en el Parlamento que, entre otras medidas, el departamento autonómico que dirige elaborará un inventario del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad de la Comunidad Autónoma, a través del cual se recogerá la distribución, la abundancia, el estado de conservación y la utilización de su patrimonio natural, con especial atención a los que elementos que precisen medidas específicas de conservación, o hayan sido declarados de interés comunitario.
Adicionalmente, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
Territorial participará en la elaboración de un diagnóstico de la
situación y de la evolución del patrimonio natural y de la
biodiversidad canaria, para así poder promover las acciones que hagan
posible su conservación, uso sostenible y, cuando se requiera,
restauración del patrimonio, recursos naturales terrestres y marinos y
de la biodiversidad.
Estas afirmaciones las hizo hoy Berriel durante su comparecencia en la
Comisión parlamentaria de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente,
en la que informó sobre la adaptación de la legislación canaria a la
Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad, que todavía se encuentra en
periodo de tramitación en las Cortes Generales. Tras la aprobación de
esta nueva normativa de protección de la biodiversidad se derogará la
Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y
de la Flora y Fauna Silvestre, actualmente en vigor.
El titular de Medio Ambiente y Ordenación Territorial añadió que la
aplicación de esta futura ley en Canarias afectará a la regulación y
gestión de sus recursos naturales y de su biodiversidad, es decir,
sobre los espacios naturales protegidos, la Red Natura 2000, la gestión
de las especies de flora y fauna silvestre, los recursos genéticos,
etc. Por ello, será necesaria la adecuación de esta nueva norma a la
realidad de la Comunidad Autónoma.
El consejero explicó que el patrimonio natural y la biodiversidad “son
considerados elementos con una clara función social, ya que están
estrechamente vinculados con la salud y el bienestar de las personas y
además son fundamentales para el desarrollo social y económico”. Por
estos motivos esta nueva Ley permitirá que todas las actividades
encaminadas a la protección del patrimonio natural y la biodiversidad
podrán ser declaradas de utilidad pública o interés social, lo que
implicará posibles efectos expropiatorios sobre bienes o derechos.
Deberá realizarse por otra parte una revisión de las figuras de
protección y del sistema de planeamiento diseñado en el Decreto
Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de
Espacios Naturales de Canarias. El consejero de Medio Ambiente confirmó
que “si es necesario se articulará un proyecto de ley para establecer
medidas adicionales de protección más adecuadas a la realidad de
Canarias”.
A través de la participación en las Conferencias Sectoriales de Medio
Ambiente, el Gobierno de Canarias ha llevado a cabo un seguimiento
exhaustivo de los distintos borradores que el Gobierno estatal ha ido
elaborando durante las fases de tramitación del Anteproyecto de Ley.
También la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial ha
presentado numerosas sugerencias a los borradores del Ministerio de
Medio Ambiente.
El consejero además afirmó que las dos cuestiones más problemáticas
para el departamento que dirige en la redacción del Proyecto de ley ha
sido la creación y gestión de Espacios Naturales Protegidos en las
aguas marinas y la gestión de la fauna silvestre, especialmente la
gestión de las especies cinegéticas. Desde los primeros borradores del
anteproyecto de ley, el Gobierno de Canarias expuso ante el Ministerio
de Medio Ambiente que no quedaban claras en el texto las medidas
relativas a la creación y gestión de los espacios naturales marinos, de
especial interés para Canarias.
“En primer lugar, dijo Berriel, se echa de menos la categoría de
espacio natural marino en el listado de definiciones, por lo que la
Viceconsejería de Medio Ambiente solicitó que se incluyera la categoría
de Áreas Marinas Protegidas”. Además, este departamento autonómico
solicitó desde un principio que de diferenciara entre ‘aguas
exteriores’ y ‘medio marino situado en aguas exteriores’ y así poder
aclarar las competencias sobre este espacio.
Por otro lado, en cuanto a la protección de las especies objeto de caza
y pesca, Berriel afirmó que “resultaba dudoso, ya que invadía las
competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma”. Finalmente el
artículo que así lo indicaba fue modificado.

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