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Madrid/ El juez Baltasar Garzón se ha declarado hoy
competente para investigar las desapariciones durante la Guerra Civil y
la dictadura franquista (1936-1975), al estimar que se trata de un
delito de detención ilegal sin dar razón de paradero que encaja en el
contexto de crímenes contra la humanidad.
En un auto de 68 páginas
en el que admite a trámite las denuncias de 22 asociaciones de
familiares de desaparecidos en la Guerra Civil y la dictadura
franquista, Garzón autoriza exhumaciones en 19 fosas localizadas en
toda España, entre ellas la del poeta Federico García Lorca, en la que
supuestamente se encontrarían los restos del abuelo de una denunciante.
Como
responsables de estos hechos el magistrado apunta a 35 altos cargos del
régimen franquista, entre ellos el dictador Francisco Franco, y pide
que se aporte el certificado de defunción a efectos de declarar la
extinción de responsabilidad penal de todos ellos.
También Reclama
al Ministerio del Interior que identifique a los máximos dirigentes de
Falange desde el 17 julio de 1936 hasta el 3 de diciembre de 1951 y,
una vez identificados, acordará lo necesario sobre la imputación o
extinción en caso de fallecimiento.
Argumenta que la Audiencia
Nacional es competente para investigar estas desapariciones, nunca
investigadas "por la Justicia española", porque los hechos (el
alzamiento militar) encajan en el delito contra altos organismos de la
nación, que no habría prescrito porque está conexo con el delito de
detención forzada, que permanece en el tiempo, tal y como estableció el
Tribunal Supremo para condenar al ex militar argentino Adolfo Scilingo.
Madrid, 16 oct (EFE).- La Fiscalía ha anunciado que recurrirá la
decisión del juez Baltasar Garzón de investigar las desapariciones
durante la Guerra Civil y el franquismo (1936-1975) porque considera
que la Audiencia Nacional no es el órgano competente para ello.
Según
fuentes de la Fiscalía, los argumentos en que se basará el recurso
serán que los delitos han prescrito con motivo de la Ley de Amnistía
(1977), que los hechos son, en todo caso, competencia de los juzgados
territoriales y que el concepto de crímenes contra la Humanidad, en que
Garzón enmarca la competencia de la Audiencia Nacoonal, comenzó a
aplicarse desde los juicios de Nuremberg en 1945, ya en pleno régimen
franquista.
Antes de que Garzón admitiera hoy a trámite las
denuncias de veintidós asociaciones de desaparecidos, la Fiscalía de la
Audiencia Nacional ya pidió en enero que no las admitiera por entender
que no hay razón jurídica para iniciar un procedimiento y porque la
Audiencia Nacional carece de competencia para investigar estos hechos,
ya que la doctrina establecida por el Tribunal Supremo permite aplicar
al caso la Ley de Amnistía.

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En los ataques orquestados a la Resolución del magistrado Varela y la arremetida contra el Tribunal Supremo, no hay un solo argumento jurídico de peso, unas 20 asociaciones de la memoria histórica, han mandado a Garzón una relación de 130.000 víctimas de la represión franquista, hasta la fecha la única fosa común en España con miles de cadáveres es la de Paracuellos del Jarama, donde descansan más de 8.000 víctimas, 3.000 sin identificar, desaparecidos , a los que en su día Garzón negó el mismo derecho que reconoce ahora a las víctimas del bando contrario .
Hay que diferenciar “prescripción” de “amnistía”. En el año 1977 se promulgó la Ley de Amnistía y desde entonces se prohíbe e impide perseguir y juzgar los delitos donde intervinieron connotaciones políticas cometidos con anterioridad a esta fecha. En virtud de esa Ley no puede ser juzgado Santiago Carrillo entre otros y numerosos etarras que fueron amnistiados.
El delito de Genocidio quedó tipificado en el año 1951, antes a este año no puede ser de aplicación por aquello de la irretroactividad de las disposiciones, de esto también sale beneficiado los asesinos de la matanza de Paracuellos del Jarama. Irretroactividad de las leyes, recogida en el Derecho Internacional.
Derecho y Justicia que reivindican algunas organizaciones políticas y sindicales izquierdistas que tienen como ejemplo a Stalin gran «defensor de los derechos humanos» y que no condenan los regímenes como los de Venezuela o Cuba.
La Justicia debe hacer su trabajo sin intromisiones, todo lo demás son lecturas simplistas y partidistas.