 Santa Cruz de Tenerife/ Los Tribunales Superiores de Justicia de Canarias (TSJC) y Madrid
(TSJM) han dado la razón al profesor Enrique Meléndez Hevia y al uso de
sus ‘polvos' como nutrientes y no como medicamentos, después de tres
años de litigio con la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias y
con la Agencia nacional del Medicamento.
El fallo de la sentencia del TSJC anula la Orden de la consejería de
Sanidad de 7 de julio de 2006 que resolvió expediente sancionador
contra Meléndez. A su vez, el TSJM ha fallado contra la resolución de
la dirección general de Salud Pública y Alimentación de la Comunidad de
Madrid de 12 de julio de 2006 por estar disconforme con el ordenamiento
jurídico.
Ambas sentencias dan la razón al uso de los famosos polvos de Meléndez,
los conocidos como Factor 1 y Factor 2, y no se oponen a su uso como
nutrientes.
El profesor Meléndez Hevia indicó en rueda de prensa a la que
compareció acompañado de su abogado, Gustavo Matos, que después de más
de tres años los tribunales nos han dado la razón, según ponen de
manifiesto las dos sentencias firmes de los Tribunales Superiores de
Justicia de Canarias y Madrid, al establecer claramente que “los
productos que hemos estado usando y comercializando no son medicamentos
sino nutrientes, y por tanto están fuera de la Ley del Medicamento”, y
en consecuencia, “la alerta que dictó en su día la Agencia Nacional del
Medicamento contra nuestros productos queda sin efecto, es decir no nos
afecta”.
La batalla entre Sanidad y el catedrático en Biología Molecular comenzó
en 2006 con una resolución del Servicio Canario de Salud en la que se
marcó la suspensión de la prescripción, dispensación y suministro de
los productos denominados Factor 1, compuesto de glicina en polvo
cristalizada, y Factor 2, compuesto de ácido L-aspártico cristalizado,
así como la incautación e inmovilización de dichos productos por
suponer un riesgo inminente y grave para la salud".
A esta resolución se une la alerta dictada en febrero de 2006 por la
Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, en la que
calificó de medicamentos ilegales los polvos de Meléndez, por lo que
determinó su retirada del mercado.
AMBIGÜEDAD LEGAL
Sin embargo, con los fallos de los tribunales, Meléndez y su equipo
pueden volver a realizar su actividad sin ningún problema, pero además,
añadió, cualquier sentencia podría tener 6 líneas y estas tiene varias
páginas, lo que indica que “los jueces derribaron una a una la
posiciones del Gobierno de Canarias y las seis imputaciones contra mí,
al aclarar la ambigüedad legal existente entre un nutriente y un
medicamento”.
Entre los detalles curiosos, agregó el catedrático en Biología, siempre
se ha dicho que entre los productos que tienen propiedades curativas,
ese producto queda automáticamente calificado como medicamento.

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