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EU/ La Comisión Europea denunció a España por aplicar
un régimen diferente a los buques con origen y destino al
Archipiélago canario, Baleares, Ceuta y Melilla y hoy se ha
conocido la decisión judicial.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE)
sentenció hoy que España incumple la normativa
comunitaria sobre la libre prestación de servicios al transporte
marítimo por aplicar bonificaciones y exenciones en el pago de
las tasas portuarias a los buques que navegan con origen o destino a
Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
El TUE estima que este hecho crea desigualdad en relación con
los desplazamientos de los barcos que circulan entre Estados miembros y
entre éstos y países terceros.
Así, la sentencia surge motivada porque la legislación
española prevé una serie de ventajas relativas a las
tasas portuarias. Se aplican tarifas más favorables al
tráfico marítimo entre archipiélagos
españoles o con Ceuta y Melilla, así como en las
travesías entre éstos puertos y los de la Unión
Europea (UE) y, también, cuando los navíos se mueven
entre los puertos de la UE.
La Comisión Europea opina que esta legislación es
discriminatoria y por ello denunció a España ante el TUE,
el cual ha dado ahora la razón a la Comisión.
España se defendió entonces invocando a la
situación geográfica particular de los puertos en
cuestión, ya que todos se encuentran lejos del continente
europeo y algunos en islas.
A pesar de esas razones, la Comisión insistió en su queja
hasta el punto de que llevó a España ante el TUE en 2008,
al estar convencida de que la cohesión territorial en la que
este país se amparaba no probaba el carácter necesario y
proporcionado de las medidas de bonificación, en especial si se
tenían en cuenta las compensaciones que ya se otorgaban a favor
de esas zonas para cumplir las obligaciones de servicio público.
Sin embargo, este jueves se conoció que el Tribunal considera
que España no formula en su defensa ningún argumento
jurídico que desvirtúe los motivos de la Comisión,
sino que se limita a señalar la existencia de un proyecto de
ley, que está en proceso de elaboración y que
debería aprobarse a principios del año 2010, por el cual
se derogarán las disposiciones controvertidas de la normativa
nacional y se garantizará la conformidad de ésta con la
legislación comunitaria.
ANTECEDENTES
Esas rebajas y exenciones en los costes de los derechos portuarios no
se efectúa si un barco que sale de Ceuta, por ejemplo, carga o
descarga en un puerto de Tánger. Precisamente, este pleito
surgió cuando una compañía marítima que
opera entre estos dos destinos se quejó por no beneficiarse de
la ventaja económica.
También crea desigualdad, según la Comisión, que
los derechos portuarios recaudados en países terceros sean
superiores a los que se consiguen en los puertos comunitarios.

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