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El Tribunal de Justicia de la UE dice no a las rebajas en el pago de las tasas portuarias

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ACN Press   
jueves, 04 de febrero de 2010
EU/ La Comisión Europea denunció a España por aplicar un régimen diferente a los buques con origen y destino al Archipiélago canario, Baleares, Ceuta y Melilla y hoy se ha conocido la decisión judicial.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) sentenció hoy que España incumple la normativa comunitaria sobre la libre prestación de servicios al transporte marítimo por aplicar bonificaciones y exenciones en el pago de las tasas portuarias a los buques que navegan con origen o destino a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.

El TUE estima que este hecho crea desigualdad en relación con los desplazamientos de los barcos que circulan entre Estados miembros y entre éstos y países terceros.

Así, la sentencia surge motivada porque la legislación española prevé una serie de ventajas relativas a las tasas portuarias. Se aplican tarifas más favorables al tráfico marítimo entre archipiélagos españoles o con Ceuta y Melilla, así como en las travesías entre éstos puertos y los de la Unión Europea (UE) y, también, cuando los navíos se mueven entre los puertos de la UE.

La Comisión Europea opina que esta legislación es discriminatoria y por ello denunció a España ante el TUE, el cual ha dado ahora la razón a la Comisión. España se defendió entonces invocando a la situación geográfica particular de los puertos en cuestión, ya que todos se encuentran lejos del continente europeo y algunos en islas.

A pesar de esas razones, la Comisión insistió en su queja hasta el punto de que llevó a España ante el TUE en 2008, al estar convencida de que la cohesión territorial en la que este país se amparaba no probaba el carácter necesario y proporcionado de las medidas de bonificación, en especial si se tenían en cuenta las compensaciones que ya se otorgaban a favor de esas zonas para cumplir las obligaciones de servicio público.

Sin embargo, este jueves se conoció que el Tribunal considera que España no formula en su defensa ningún argumento jurídico que desvirtúe los motivos de la Comisión, sino que se limita a señalar la existencia de un proyecto de ley, que está en proceso de elaboración y que debería aprobarse a principios del año 2010, por el cual se derogarán las disposiciones controvertidas de la normativa nacional y se garantizará la conformidad de ésta con la legislación comunitaria.

ANTECEDENTES

Esas rebajas y exenciones en los costes de los derechos portuarios no se efectúa si un barco que sale de Ceuta, por ejemplo, carga o descarga en un puerto de Tánger. Precisamente, este pleito surgió cuando una compañía marítima que opera entre estos dos destinos se quejó por no beneficiarse de la ventaja económica.

También crea desigualdad, según la Comisión, que los derechos portuarios recaudados en países terceros sean superiores a los que se consiguen en los puertos comunitarios.
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