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21 Nov

La solemne Declaración Unilateral de Independencia (DUI) de España que, como patriota canario, proclamé "mo tu proprio" el pasado 27 de octubre en estas mismas páginas, lo que constituyó un hecho histórico y una inédita y novedosa iniciativa sin precedentes en la historia de Canarias, está constituyendo un verdadero refrendo popular, a tenor de las numerosas personas que día a día se suman a los sitios web donde está colgada esta declaración, suscribiendo individualmente la misma. Tal es el caso del periódico digital wwwelcanario.net, dirigido por el histórico compatriota Álvaro Morera, o en el facebook de otro significado compatriota, Isidro Santana, y Edelvais.


A "Mi Declaración Unilateral de Independencia", que titulaba el artículo del citado día, le siguió "Un ejemplo a seguir", del martes siguiente, 29 de octubre; y una trilogía de artículos titulados: "¡¡Inderpendencia!!", "¿Independencia? ¿Por qué?" e "¿Independencia? ¿Para qué", publicados los días 10, 12 y 14 de noviembre, respectivamente, en los cuales incidía en la catastrófica situación colonial de Canarias, y en el compromiso ineludible con la causa canaria, en lo que constituía un fervoroso y patriótico acto de canariedad y de nacionalismo ortodoxo.
Porque, queridos compatriotas, no nos engañemos. España no va a dar ningún paso hacia la descolonización de Canarias, ya que infringe reiteradamente los acuerdos internacionales que firma, como la Resolución 1514 (XV) de la ONU; que, sin embargo, pretende cínicamente le sea aplicada a Gibraltar. ¿Cómo es posible que Gibraltar, territorio de la península Ibérica, sea considerado una colonia, cuando los gibraltareños no quieren ser españoles, y Canarias a 1.400 km. de España, en otro continente, sea una "comunidad autónoma española"? Recuérdese que para la nomenclatura al uso del Derecho Internacional, que España pretende acomodar al Derecho interno español, el concepto de colonia viene dado, fundamentalmente, por la extraterritorialidad respecto de la metrópoli en cuestión. Así, en el diccionario de la RAE, precisamente, hay dos acepciones relativas a este concepto: una, "Territorio dominado y administrado por una potencia extranjera", como es el caso flagrante de Canarias; y dos: "Conjunto de personas de un país que emigran a otro para establecerse en él", como ha sido históricamente los grandes contingentes de españoles desplazados a nuestro Archipiélago como colonos, y que vienen disfrutando de los privilegios y prebendas derivados de la ocupación de Canarias, en detrimento de los propios canarios, salvo de los traidores y colaboracionistas de siempre.
Por tanto, como España incumple sistemáticamente todos los tratados internacionales aplicables a Canarias, que es lo único que le queda ya del eclipsado imperio español más abajo de las Columnas de Hércules, reitero mi solemne Declaración Unilateral de Independencia para ser solo canario, nacional de Canarias, y actuar en consecuencia, en base a la siguiente normativa internacional en vigor:
-Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, inspirada en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776, y del espíritu filosófico del siglo XVIII.
-Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 217 (III), de 10 de diciembre de 1948 en París; en la que se recogen los DD.HH. considerados básicos, a partir de la Carta de San Francisco de 1945.
-La citada Resolución 1514 (XV) del Comité de Descolonización de la ONU, de 14 de diciembre de 1960, en la que se tiene presente que los pueblos del mundo (incluido el español) han proclamado en la Carta de las Naciones Unidas que están resueltos a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de los derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, y a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad.
-Considerando que el pueblo canario está sujeto a una subyugación, dominación y explotación extranjera por parte de España desde hace seis siglos, lo que constituye una negación de los derechos humanos fundamentales contraria a la Carta de las Naciones Unidas, y considerando que por estos motivos el pueblo canario tiene legítimo derecho a recuperar su libertad arrebatada por la fuerza de las armas en la genocida conquista y evangelización de las Islas Canarias (1402-1496), para determinar libremente su condición política y conseguir su desarrollo económico, social y cultural.

Isidro Santana León

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