El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, demedidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, establece figuras de protección tanto para evitar que estas personas hagan frente al Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido popularmente como "plusvalía", como exenciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las ganancias de patrimonio descritas, pero la realidad es bien distinta en la gran mayoría de los casos dada la dureza de los requisitos solicitados.
El candidato centrista manifiesta "que se da la paradoja que personas que no cumplen todas las condiciones para acogerse a estas exenciones se convierten en deudores, con lo que además de perder su vivienda, esta situación los aleja de la opción de solicitar cualquier tipo de ayudas a cualquier Administración".
La Comunidad de Canarias dentro de la capacidad normativa que tiene sobre el 50% del IRPF cedido por el Estado según la Ley 26/2010, de 16 de Julio, podría establecer en estos casos una deducción en este tributo igual a la cantidad correspondiente a la cuota íntegra autonómica proveniente de la ganancia de patrimonio, con lo que el deudor se ahorraría la mitad del impuesto. De igual modo y manera, el Ayuntamiento de La Laguna, al carecer de competencias para modificar la Ley de Haciendas Locales, podría optar por articular un mecanismo de compensación en el impuesto de "plusvalía" tal y como proponen los centristas.
El Ayuntamiento de La Laguna aplica en el presente año de 2014 un porcentaje sobre el valor del terreno en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten los mismos por cualquier proceso de transmisión del derecho real de goce, que oscila entre el 3,4% para aquellos que se transmiten en los primeros cinco años a un 2,8% en aquellos que lo hagan pasados veinte años de la adquisición.
Los centristas propondrán que sean los Servicios Sociales del Ayuntamiento los que garanticen mediante un informe que los solicitantes no cuentan con los recursos económicos suficientes, y que además para beneficiarse de este nuevo método asistencial sea la vivienda habitual dentro del municipio la acogida al mismo y que el precio de adquisición del inmueble no supere una determinada cantidad. "Hay que ser sensible con nuestros vecinos más vulnerables y por supuesto no quitarle aún más al que menos tiene" concluye Alfonso López.