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01 Ago

El Consejo de Gobierno declara de interés estratégico la central hidroeléctrica de Chira-Soria

Gran Canaria/ La decisión forma parte de la estrategia de trabajo desarrollada para avanzar en la implantación de las energías renovables en las islas.

El Consejo de Gobierno acordó hoy, a propuesta de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, declarar de interés estratégico para el Archipiélago el proyecto de la Central Hidroeléctrica de Bombeo de 200 MW de Soria-Chira en Gran Canaria con el objetivo de agilizar su tramitación en las administraciones públicas, de acuerdo con los establecido en la Ley 3/2015 de 9 de febrero sobre tramitación preferente de Inversiones Estratégicas.


Esta declaración se enmarca dentro de la estrategia de trabajo que está desarrollando el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería que dirige Pedro Ortega, para avanzar en la implantación de las energías renovables en las islas y en el desarrollo de un sistema energético más sostenible.

La Central Hidroeléctrica de Bombeo de Soria-Chira, situada en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, consiste en un bombeo reversible que conectara dos embalses existentes situados en la zona central de la isla de Gran Canaria. Se trata de los embalses de Soria, que se utilizará como dep6sito inferior del sistema, y de Chira, que hará las veces de dep6sito superior.

Según se recoge en el informe favorable presentado por la Dirección General de Industria y Energía, la construcción de esta central tiene gran relevancia para el sector energético de Gran Canaria y es compatible con la planificación sectorial y territorial de la isla.

Explica que la puesta en marcha de centrales hidroeléctricas de bombeo resultan clave para la integración de las renovables de forma segura, sobre todo en sistemas eléctricos aislados donde los excesos de generación renovable en horas de baja demanda no son exportables y necesitan ser almacenados.

En este sentido, el informe añade que el uso de centrales hidroeléctricas, como la de Chira-Soria, permitirá además dotar de mayor estabilidad al sistema eléctrico por la rapidez de respuesta que su tecnología aporta al parque de generación actual, mejorando la garantía y la calidad del suministro actual.

Además, el proyecto de Chira-Soria es compatible con la planificación sectorial energética aprobada por el Estado para el periodo 2015-2020, con los instrumentos de ordenación territorial, ambiental y urbanísticos aplicables y con el desarrollo sostenible de Gran Canaria, dado que su puesta en marcha permitirá reducir la generación de energía eléctrica de origen convencional y con ello la emisión de gases de efecto invernadero, contribuyendo a la consecución de uno de los objetivos prioritarios de la política energética del Gobierno.

Proyectos Estratégicos
La Ley 3/2015, de 9 de febrero, sobre tramitación preferente de Inversiones Estratégicas para Canarias fue aprobada con el objetivo de agilizar la tramitación, en las administraciones públicas, de los expedientes relacionados con iniciativas y proyectos de inversión que sean declarados de interés estratégico por parte del Gobierno de Canarias.

En ese sentido, el texto legal establece que tienen la consideración de inversiones de interés estratégico las que sean declaradas como tales por parte del Gobierno de Canarias, en atención a su especial relevancia para el desarrollo social y económico de las Islas.

Así, por ejemplo, aspectos como el impacto sobre la economía insular o canaria, especialmente en el ámbito de la generación de empleo; la capacidad para movilizar inversión privada interna o externa, o la repercusión en sectores de especial interés para el Archipiélago, como el turismo, las energías, la industria, la innovación, el tratamiento y reciclado de residuos, la internacionalización, entre otros, son criterios sobre los que apoyar la declaración de una inversión como de interés estratégico para Canarias.

La Ley contempla que estos proyectos pasarán a ser tramitados en la mitad de tiempo en los procedimientos administrativos previstos en la normativa de cualquier administración publica canaria, salvo en los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, los procedimientos de concurrencia competitiva y los de naturaleza fiscal.

Además, se establece que en la tramitación, aprobación y ejecución del planeamiento urbanístico, cuando tenga por objeto exclusivo obras e instalaciones de inversiones declaradas de interés estratégico, los plazos también se reducirán a la mitad.

Asimismo, se reducirán a la mitad los plazos para el otorgamiento de cualquier licencia que resulte necesaria para la ejecución, apertura o funcionamiento de dichas obras e instalaciones, salvo en las que la normativa estatal lo impida. De igual manera ocurrirá con los plazos establecidos para los procedimientos medioambientales.

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