Como consecuencia del cambio de sindicato, en el conflicto laboral contra FCC, en el día de ayer, la mayoría del comité de empresa, asesorado por el secretario general de SITCA, Antonio Rodríguez Suárez, nos reunimos con la empresa, por un período de más de dos horas, con el objetivo de intentar buscar soluciones, ante la posibilidad del despido de 29 trabajadores. A lo largo de esta reunión se llegó a un pre acuerdo que, en el día de hoy, ha sido ratificado por una amplia mayoría de los trabajadores de dicha empresa. También hoy, posteriormente a esa asamblea, se ha mantenido otra reunión con la empresa, por un período de cuatro horas, donde ha concluido con un acuerdo definitivo, el cual pasamos a detallar:
1.- Se acuerda que de los 29 trabajadores despedidos, 19 serán despedidos a 27 días por año, en vez de 20 y a su vez la empresa los contratará con carácter fijo discontinuo.
2.- Se acuerda que los diez restantes serán indemnizados a razón de 40 días de indemnización, por cada año trabajado, en vez de 20 y la empresa los contratará de forma puntual y periódica para sustituir bajas por accidente, enfermedad , etc.
3.- Se acuerda que la empresa no podrá contratar ningún trabajador mientras toda esta plantilla no vuelva a reincorporarse.
4.- Se cuerda que cualquier vacante, o puesto de trabajo que quedara libre, ahora o en el futuro, será ocupada única y exclusivamente por estos trabajadores.
Conclusión, estos son algunos de los puntos que contempla este acuerdo, que ha sido muy satisfactorio, ya que la inmensa mayoría de los afectados volverán a tener trabajo otra vez con la empresa FCC. En ese sentido, tanto la mayoría del comité de empresa como SITCA, manifestamos nuestra voluntad de seguir defendiendo los intereses de los trabajadores y valoramos muy positivamente que, en 24 horas y con dos reuniones de más de 7 horas de duración en total, se ha cumplido en gran parte el objetivo marcado. Para nosotros es una gran satisfacción el logro conseguido, pero aún es mayor el haber logrado que los trabajadores, afectados por el ERE de la empresa citada, se hayan adherido a las condiciones antes mencionadas de forma voluntaria y no obligatoria.