Un documento en el que se da un modelo armonizado de ordenación de las terrazas, estableciendo las tipologías de instalaciones autorizadas y determinando unos parámetros que aseguren unos mínimos de calidad y seguridad, que proyecten una imagen de un municipio moderno, dinámico, comercial y respetuoso con el medio ambiente y la estética urbana.
Para ello se prevén, entre otros aspectos, tres modelos diferentes de ocupación, en función de la localización o características de la vía o zona en la que se pretende instalar la terraza. El primero, es para terrazas ubicadas en aceras de ancho mayor o igual a 4 metros. El segundo, para aquellas que estén en aceras de ancho inferior a 4 metros. Y el última, serán terrazas bajo circunstancias especiales. Además, estas podrán ser fijas , temporales/ desmontables o de carácter excepcional.
"Esta ordenanza tiene vocación de buscar el equilibrio entre las necesidades y demandas de los vecinos, como son tener sus espacios comunes libres, y las de los empresarios y hosteleros, que tienen que adaptar sus negocios a la situación actual pospandemia, puesto que los clientes tienden a evitar cada vez más los espacios cerrados masificados y prefieren los espacios abiertos y las terrazas para consumir", ha dicho la concejala de Comercio, Natalia Ramírez.