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09 Abr

Educación y ULL constituirán una comisión para convalidar estudios universitarios y ciclos formativos de FP

Canarias/ En el marco de un convenio de colaboración firmado hoy entre el vicepresidente y consejero de Educación, José Miguel Pérez, y el rector de la ULL, Eduardo Doménech

El vicepresidente y consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias, José Miguel Pérez, y el rector de la Universidad de La Laguna (ULL), Eduardo Doménech, firmaron hoy un convenio de colaboración que tiene como objetivo establecer el régimen de convalidaciones y reconocimiento de estudios entre las enseñanzas que se imparten en la ULL, las enseñanzas artísticas superiores y las enseñanzas conducentes a título de técnico superior, establecidas en el marco de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, e impartidas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Una Comisión Técnica se encargará de determinar las correspondencias entre materias de las enseñanzas universitarias de grado, las enseñanzas artísticas superiores y las enseñanzas conducentes a títulos de técnico superior, concretamente las de Artes Plásticas y Diseño, Formación Profesional y Técnico Deportivo Superior.

Asimismo, elaborará un catálogo de equivalencias y correspondencias entre módulos o asignaturas completas del resto de estudios de educación superior, que facilite la movilidad entre dichos estudios y los grados universitarios y viceversa.

Para ello la Comisión Técnica elaborará unas tablas de correspondencia, que actualizará anualmente, y que tendrá una vigencia mínima de un curso académico, estando sujetas a que se produzcan modificaciones en las competencias y aprendizajes de las mismas o bien a que se aprueben nuevos títulos. Esta comisión presentará anualmente un informe de sus actuaciones.

Las acciones previstas en el convenio se llevarán a cabo bajo la dirección y supervisión de una Comisión de Seguimiento, que tendrá entre sus objetivos: velar por el buen funcionamiento de las actividades; facilitar la coordinación, y establecer los objetivos y criterios generales aplicables al procedimiento de reconocimiento recíproco de estudios.

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