Podrán acogerse a esta medida las alumnas y alumnos cuyos ingresos de su unidad familiar no superen los umbrales económicos de 10.527,43 euros para las familias con un miembro, 14.738, 40 euros para las de dos, 20.633,76 para las de tres, 28.887,26 para las compuestas por cuatro y 40.442,16 euros en el caso de las que constan de cinco miembros, tal y como se indica en la Resolución firmada por la viceconsejera de Educación, Universidades y Deportes, María Dolores Rodríguez.
No podrán beneficiarse de esta acción, las y los estudiantes que hayan obtenido una subvención, ayuda, ingreso o recurso para afrontar o cubrir el gasto correspondiente a la tasa para la realización de la EBAU por parte de cualquier administración pública.
Para acreditar que se cumplen los requisitos para obtener dicha exención el alumno o alumna deberá presentar la documentación que se detalla en dicho texto, que puede consultarte en la web de Educación a través del enlace: https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/web/bachillerato/ebau/exoneracion_pago_ebau/index.html