El programa tiene como objetivo que las personas extranjeras en esta situación, que residen en la Comunidad Autónoma de Canarias, puedan acceder a la atención sanitaria básica y a los cuidados de urgencias.
De esta manera, la Consejería de Sanidad continúa dando respuesta a una situación nueva y excepcional, planteada con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, y del Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud, ambos del Gobierno de España, que condicionan el acceso a la asistencia sanitaria pública a las personas que ostenten la condición de aseguradas o beneficiarias.
Debido a este requisito, las personas extranjeras en situación irregular y sin capacidad económica para acogerse el convenio especial que tiene previsto aprobar el Ministerio de Sanidad, han visto restringido el acceso a los servicios sanitarios.
Las situaciones especiales que ya vienen contempladas en el Real Decreto Ley 16/2012 (mujeres embarazadas, menores de 18 años, urgencias, víctimas de trata de seres humanos y solicitantes de protección internacional) en las que se reconoce el acceso a la atención sanitaria no necesitarán acogerse a este nuevo programa así como las atenciones sanitarias que el Servicio Canario de la Salud deba facturar a un tercero o al país de origen.
Requisitos
Las personas que reúnan los requisitos establecidos por la Consejería pueden acogerse a este programa especial, previa presentación de un formulario o solicitud en el centro de salud correspondiente y la documentación necesaria.
Los requisitos son:
- Ser mayor de edad
-No tener la condición de asegurado o beneficiario del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina, ni exportar el derecho a la asistencia sanitaria desde el país de origen o de procedencia.
- No tener suscrito un convenio especial para recibir asistencia sanitaria.
- Estar empadronado en uno o varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma Canaria, con una antigüedad igual o mayor a un año.
- No disponer de ingresos en España o en el país de origen o procedencia superiores o en cómputo anual al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
Información sobre el programa
La información relativa a los criterios de inclusión y la documentación necesaria para acogerse a este Programa será facilitada en las áreas administrativas de los Centros de Salud del archipiélago así como a través del teléfono de información ciudadana 012 y en la página web del Servicio Canario de la Salud, www.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs.










