En este sentido se pronunció el presidente de esta Institución, el doctor José Manuel Navarro, quien cree que "la colegiación obligatoria da seguridad y tranquilidad a los pacientes, quienes tendrán la garantía de estar en manos profesionales con el seguimiento del propio Colegio".
Asimismo, manifestó el doctor Navarro, "los Colegios velan por el cumplimiento de los códigos éticos y deontológicos de los profesionales" y además añadió que "en un sector tan delicado como el sanitario, es conveniente un órgano que regule y proteja del intrusismo y mala praxis no sólo a los dentistas como es nuestro caso, sino también y sobre todo a la ciudadanía".
Esta nueva sentencia del TC resuelve el recurso de inconstitucionalidad 4244/2002 determinando, entre otras cuestiones, que es "inconstitucional" el inciso contenido en la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2002, de 27 de marzo de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materias de organización administrativa, de gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador, en su artículo 16 y el inciso de la disposición adicional sexta de dicha normativa, que supone la dispensa de colegiación de los empleados públicos.
El TC entiende que sólo el Estado y nunca las comunidades autónomas ostentan competencias para determinar las profesiones que han de tener colegiación obligatoria y, en su caso, determinar también las excepciones a esa obligatoriedad. De esta forma, la colegiación vuelve a ser obligatoria en las únicas cuatro regiones de todo el Estado donde hasta ahora tenía carácter voluntario según las leyes autonómicas.