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09 Ene

'Caso Jable': la Audiencia condena a nueve personas por corrupción en Lanzarote

Las Palmas de Gran Canaria/ La Audiencia Provincial de Las Palmas ha notificado hoy lunes 8 de enero de 2024 la sentencia que resuelve en primera instancia la presunta trama de corrupción político empresarial en Lanzarote conocida como caso Jable con nueve condenas a otros tantos acusados como autores de delitos de fraude o cohecho.

Los hechos que motivan la sentencia se consumaron en la primera década del presente siglo.

La exalcaldesa de Arrecife de Lanzarote María Isabel Déniz ha sido condena a penas que suman nueve años y 18 meses de cárcel como autora de delitos de fraude a la administración, prevaricación continuada y cohecho (soborno) continuado en distintas modalidades. Además de las condenas penales, se le imponen varias penas de carácter económico y de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

El exsecretario municipal del Ayuntamiento de Arrecife Felipe Fernández Camero ha sido condenado a penas que suman 8 años y 27 meses por fraude, cohecho, revelación de secretos, falsedad en documento oficial e infidelidad en la custodia de documentos.

El exlíder del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), ex presidente del Cabildo de Lanzarote, exdiputado regional y exsenador Dimas Martín Martín ha sido condenado a un total de dos años y seis meses de prisión como autor confeso de un delito de fraude a la administración y otro de cohecho.

El antiguo responsable de la Oficina Técnica municipal de Arrecife Rafael Arrocha Arrocha ha sido condenado a dos años y 19 meses de cárcel por fraude, prevaricación, cohecho, revelación de secretos, falsedad y fraude.

Las otras cinco personas condenadas son representantes de empresas relacionadas con la construcción.

La resolución de la Sala, que se extiende a lo largo de 150 folios, absuelve de toda responsabilidad a otras siete personas contra las cuales el fiscal había retirado los cargos.

La sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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