Tras las correspondientes indagaciones los agentes localizaron al supuesto autor de los hechos, vecino del lugar, quien habría trasladado las gallinas desde una vivienda hasta el contenedor en un vehículo, durante el pasado día 22.
Por todo ello ha sido investigado por un delito de maltrato animal, al introducir a los animales vivos en bolsas de tela para luego tirarlos a un contenedor.
Ley 8/1991 de Protección de los animales en Canarias
La muerte de animales vivos debe hacerse a través de veterinarios autorizados y en las instalaciones de la Granja Experimental del cabildo de Lanzarote.; la eliminación de los cadáveres de animales vivos, debe hacerse en el Complejo Ambiental de Zonzamas.
El apartado 3, del articulo 4, de la Ley 8/1991 de 30 de Abril de protección de Animales de Canarias, dice: "El sacrificio de animales de animales criados para la obtención de producto útiles para el hombre, se efectuará, en la medida que sea técnicamente posible, de forma instantánea e indolora, y, siempre con aturdimiento previo del animal, en los locales autorizados para tal fin."
El investigado ha quedado a disposición del correspondiente Juzgado, en funciones de guardia, de la localidad de Arrecife.