Ley Orgánica 1/996 de Protección Jurídica del Menor
Tal como refleja la citada normativa los menores gozan de un interés o derecho superior, considerado como primordial en todas las acciones y decisiones de las que sean objeto.
Acorde con esa protección se desarrolla en su artículo cuatro la protección a su honor e intimidad, especificando en su apartado segundo que "la difusión de información o la utilización de imágenes o nombre de los menores en los medios de comunicación que puedan implicar una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses, determinará la intervención del Ministerio Fiscal, (...)"
Investigado en Fuerteventura
De esta manera los agentes del EDITE comprobaron como el presunto autor de los hechos residía en la actualidad en la isla de Fuerteventura, solicitando por tanto la colaboración del mencionado ETPJ para continuar con las pesquisas; localizando éstos al supuesto autor de los hechos el pasado día 17, comunicándole sus derechos como supuesto autor de un delito contra la intimidad, quedando a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de los de Puerto del Rosario a efectos de la práctica de las primeras diligencias, iniciadas en el partido judicial de Rubí (provincia de Barcelona).