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08 Ene

La Guardia Civil investiga a una persona por diferentes delitos contra la seguridad vial en Fuerteventura

Fuerteventura/ Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, en cumplimiento de las competencias encomendadas en materia de seguridad vial, investigaron el pasado día 01 de enero a un varón de 30 años de edad, como presunto autor de un concurso de delitos relacionados con la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y carecer de permiso de conducción.

El citado día, en torno a las 09:30 horas, los agentes del Destacamento de Puerto del Rosario establecieron un punto de verificación de documentación y control de la seguridad vial en la carretera FV-2, a la altura del kilómetro 11,400, cuando procedieron a dar el alto al conductor de un turismo.


Una vez verificada la identidad del conductor, la Guardia Civil comprobó que carecía de Permiso de Conducción por pérdida de la totalidad de puntos que tenía asignados ; además, tras practicar las correspondientes pruebas de alcoholemia, el conductor dio un resultado positivo tanto en la primera prueba como en la segunda de 0,71 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, motivo por el que se le comunicó su investigación como presunto autor de dos delitos contra la Seguridad Vial: conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y carecer de permiso de conducción.

El investigado y el correspondiente atestado policial han quedado a disposición del Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia de Puerto del Rosario.

Normativa aplicable.
El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por superar la tasa de alcohol establecida y que es la siguiente.

Artículo 379.2
El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por la conducción de un vehículo a motor careciendo de permiso de conducción y que es la siguiente.

Artículo 384
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Para más detalles pueden ponerse en contacto con la Oficina de Prensa de la Comandancia de la Guardia Civil de Las Palmas, teléfono de contacto 928320400, extensión 206.

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