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19 Dic

El Consejo de Gobierno aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria Canaria

Canarias/ El Estatuto aprobado hoy contempla también la estructura orgánica de la Agencia y los medios personales, materiales y económico-financieros y patrimonio que se le adscriben.
El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado hoy el decreto por el que se aprueba el Estatuto que regulará la organización, funcionamiento y régimen jurídico de la Agencia Tributaria Canaria.

La Agencia Tributaria Canaria fue creada por la Ley 7/2014 de 30 de julio, como un nuevo instrumento de organización administrativa responsable de la aplicación efectiva del sistema tributario canario y de aquellos recursos de otras Administraciones y entidades que se le atribuyan por ley o por convenio

Se configura como un ente de derecho público con personalidad jurídica adscrito a la Consejería competente en materia de tributos.

En ese sentido, la Agencia tiene como misión hacer efectivo el deber de todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias de acuerdo con su capacidad económica mediante el sistema tributario canario.

Dentro de sus funciones, pues, se encuentra la aplicación de los tributos del sistema tributario canario, la inspección tributaria y la lucha contra el fraude fiscal, así como la recaudación tributaria y no tributaria.

Cabe señalar que el sistema tributario canario lo componen los tributos propios de la Comunidad Autónoma, los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, los tributos estatales cuya aplicación hubiera sido cedida por el Estado y los recargos que pudieran establecerse sobre los tributos del Estado.

Dentro del articulado de la citada Ley, se establece que será el Estatuto la norma que regulará la organización, funcionamiento y régimen jurídico de la Agencia Tributaria Canaria.

Al mismo tiempo, establece que el Estatuto habrá de incluir aspectos como las funciones a desarrollar por la Agencia Tributaria Canaria y, en su caso, las facultades decisorias correspondientes a las competencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma que se atribuyan a la citada Agencia.

El Estatuto aprobado hoy contempla también la estructura orgánica de la Agencia y los medios personales, materiales y económico-financieros y patrimonio que se le adscriben.

Así, son órganos de la Agencia:

- La Presidencia, que la ostentará el consejero

- La Dirección, que es el órgano ejecutivo

- El Consejo Rector, que será el órgano colegiado de dirección

- El Consejo para la Dirección y Coordinación de la gestión de los tributos integrantes del bloque de financiación canario, en el que se incluye un representante por cada Cabildo y dos por la FECAM

- El Comité asesor

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