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18 Ene

El Gobierno determina las áreas prioritarias en las que se reforzará la prestación de los servicios

Canarias/ Aarón Afonso aclara que la autorización no supone contrataciones ni nombramientos inmediatos ya que se deberá garantizar dotación presupuestaria suficiente y cumplir otros requisitos.
El consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad del Ejecutivo canario, Aarón Afonso, anunció hoy tras la reunión del Consejo de Gobierno la ampliación del listado de sectores, funciones y categorías considerados prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales durante este año en la Administración pública de la Comunidad Autónoma y los organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes de ésta a efectos de permitir la eventual contratación de personal o nombramiento interino para cubrir las plazas que se estimen necesarias sin perjuicio de que se autoricen más en el futuro.

Cabe recordar que el apartado dos del artículo 20, de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, establece con carácter básico que durante este año no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

En el artículo 53 de la ya citada Ley de Presupuestos para 2016 se relacionan expresamente cuales son los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideran prioritarias. No obstante, según este mismo artículo corresponde al Gobierno a propuesta de las consejerías competentes en materia de Hacienda y Función Pública, autorizar de forma excepcional y justificada otros sectores, funciones y categorías profesionales a incluir dentro de esta misma consideración.

En todo caso, Afonso advirtió de que la autorización no implica la contratación automática o el nombramiento interino inmediato de personal puesto que antes de proceder los departamentos deberán garantizar el cumplimiento del escenario presupuestario plurianual, cumplir ciertos requisitos relacionados con criterios de organización y, además, deberá existir dotación presupuestaria para el puesto dentro del límite constituido por el coste económico de la plantilla presupuestaria.

En consecuencia, y después de que la Dirección General de la Función Pública dependiente de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad estudiara las distintas solicitudes de las consejerías, se acordó determinar como sectores, funciones y categorías prioritarias durante 2016 las siguientes (además de los establecidos en el artículo 53.1 de la Ley de Presupuestos Generales para 2016):

1. Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda: las funciones encomendadas en el ámbito del Instituto Canario de Seguridad Laboral.

2. Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento: las funciones en el ámbito de la seguridad industrial, energética y minera.

3. Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad: las funciones en materia de régimen y registro de personal, función pública local, selección y provisión de personal funcionario y planificación y ordenación de recursos humanos así como las de información y atención ciudadana propias del Área Oficina de Modernización Administrativa, entre otras.

4. Consejería de Hacienda: las funciones propias de autoridad de gestión, organismo intermedio y coordinador o representante regional, además de las de mantenimiento de los edificios administrativos y apoyo técnico a otros departamentos, competencia de la Dirección General de Patrimonio y Contratación. También se incluyen las funciones de control interno de la gestión económica y financiera del sector público, que se realiza mediante el ejercicio de la función interventora, el control financiero permanente y la auditoría pública, competencia de la Intervención General y las de gestión tributaria desarrollada por la Agencia Tributaria Canaria.

5. Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad: las funciones de informe técnico que tiene encomendadas en el ámbito de Ordenación del Territorio, la Dirección General de Ordenación del Territorio y las de la Comisión de Valoraciones de Canarias.

6. Consejería de Obras Públicas y Transportes: las funciones de dirección, asistencia y supervisión técnica de proyectos y obras en el área de infraestructura viaria.

7. Consejería de Educación: las funciones de planificación y construcción de infraestructuras educativas.

8. Consejería de Agricultura, Pesca y Aguas: las funciones de Inspección Pesquera y las de técnico veterinario, entre otras.

9. Instituto Canario de Investigaciones Agrarias: las funciones de Investigación que se realizan por el ICIA, dependiente de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

10. Consejería de Turismo, Cultura y Deportes: las funciones que tienen encomendadas en el ámbito de la planificación, infraestructura y promoción turística.

Al margen de esto, cabe recordar que en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en el artículo 53.1 de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el 2016 ya tienen la consideración de sector prioritario o que afecte al funcionamiento de los servicios públicos los centros educativos y los equipos de orientación educativa y psicopedagógica de los centros docentes de la Consejería de Educación y Universidades; las hospederías, los centros base, módulos insulares, centros de día, escuelas infantiles y equipos técnicos de seguimiento de programas de adopción, prevención y protección de menores y de justicia juvenil con medidas impuestas a menores de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda; las escuelas de capacitación agraria e institutos de formación profesional marítimo-pesquera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas; los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia; los centros sanitarios, los servicios de los órganos centrales y territoriales con competencias en materia de prevención y protección de la salud e inspección sanitaria y laboratorio en el Servicio Canario de la Salud; los servicios de prevención de riesgos laborales, en los ámbitos de Sanidad, de Educación y de la Administración General y Justicia; la prestación canaria de inserción; así como la dependencia y la discapacidad y las oficinas de empleo dependientes del Servicio Canario de Empleo.

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