Efrain Medina considera que actuaciones de esta naturaleza ponen de manifiesto "el compromiso de la Corporación Insular en la implantación de actividades innovadoras, con escasa presencia en el territorio insular - otro de los criterios que se valoraron en la concesión de las ayudas-, y que a su vez tengan capacidad para generar otras actividades complementarias e introduzca nuevas formas de gestión".
Serán subvencionables aquellos gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de la actividad, tanto los propios derivados de la creación de la empresa, como los honorarios de letrados, notarios y registradores, además de los estudios previos de naturaleza económica, publicidad de lanzamiento, tasas e impuestos municipales para la puesta en marcha de la actividad, como los gastos de naturaleza social (cuotas de la seguridad social a cargo de la empresa, o del régimen especial de trabajadores autónomos, o gastos de formación de los trabajadores), u otros gastos vinculados a los arrendamientos y cánones, reparación y conservación, servicios de profesionales, publicidad y propaganda, suministros, primas de seguros.
Efraín Medina recuerda que podrán beneficiarse de estas subvenciones las empresas de nueva creación o los promotores de proyectos empresariales que tengan su ubicación y domicilio fiscal y social en Tenerife, que además, no hayan iniciado su actividad a partir del uno de septiembre del año anterior al presente ejercicio presupuestario.
Los proyectos deberán reunir las condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, y que al menos alguno de sus promotores haya realizado algún curso sobre "Creación de Empresas". El modelo de solicitud y las bases se encuentran a disposición de los interesados en el Centro de Servicios al Ciudadano de este Cabildo Insular y en las oficinas descentralizadas del mismo, así como en la página Web del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife (http://www.tenerife.es/).