A este respecto, el departamento que dirige Javier González Ortiz recuerda que gracias a la paulatina implantación de la administración electrónica a la hora de cumplir con determinadas obligaciones tributarias se consigue ahorrar costes y tiempo, lo que supone un gran beneficio para la población, que tiene la posibilidad de evitarse muchos desplazamientos hacia las sedes físicas en las que se continúan haciendo los trámites de forma tradicional.
Para poder presentar por medios telemáticos la autoliquidación de este impuesto, el declarante deberá disponer del número de identificación Fiscal (NIF) y de un certificado electrónico admitido por la Administración Tributaria Canaria.
Además, el modelo 620 podrá presentarse por Internet a través de un representante legal, siempre que éste disponga del correspondiente certificado electrónico.
El Programa de Ayuda al Contribuyente del modelo 620, de utilidad para confeccionar la autoliquidación, está disponible en la sede electrónica de la Administración Tributaria Canaria (https://sede.gobcan.es/tributos).
En cualquier caso, los contribuyentes que no quieran presentar la autoliquidación por vía telemática, podrán seguir haciéndolo en papel.










