Según informa Efe, la Audiencia Nacional celebrará este martes un pleno extraordinario para decidir si deja en libertad a esta presa de ETA.
La sentencia de Estrasburgo conocida este lunes, contra la que no cabe recurso, insta a España a excarcelar a Inés del Río tras concluir que desde hace cinco años ha sufrido una privación de libertad que "no es regular".
Esta terrorista, miembro del comando Madrid, fue condenada a más de 3.800 años de prisión por 24 asesinatos, entre ellos los del atentado de plaza República Dominicana de Madrid, en el que murieron 12 guardias civieles en 1986. Tenía prevista su salida de prisión en 2008 pero se retrasó a 2017 tras aplicarle la 'doctrina Parot'.
La Gran Sala del TEDH obliga también al Gobierno español a indemnizar a esta terrorista con 30.000 euros por daños morales en el plazo de tres meses, como ya fijó en su sentencia de julio de 2012. España deberá pagar también 1.500 euros en concepto de costas.
Estrasburgo establece que España ha violado el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a la libertad y a la seguridad (por 16 votos contra 1) y el artículo 7 sobre que no hay pena sin ley (por 15 votos contra 2).
Una doctrina que Del Río "no podía prever"
La doctrina Parot fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006 para evitar que terroristas condenados a centenares y miles de años de prisión pudieran salir sin haber cumplido ni 20 años gracias a los beneficios penitenciarios que establecía el Código Penal de 1973 por el que fueron juzgados por atentados cometidos entre 1976 y 1995.
El alto tribunal estableció un cómputo de redenciones que garantizaba que estos presos no salieran en libertad sin cumplir la pena máxima de prisión que estaba fijada entonces en 30 años de prisión.
Según informa el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una nota, la demandante, Inés del Río, "no podría prever que el Tribunal Supremo modificaría su jurisprudencia en febrero de 2006 ni que tal modificación le sería aplicada y supondría aplazar en casi nueve años la fecha de su puesta en libertad" (del 2 de julio de 2008 al 27 de junio de 2007).
Estrasburgo concluye que esta presa de ETA ha cumplico una pena mayor de la que debería haber cumplido "según el sistema jurídico español en vigor en el momento de su condena", por lo que insta a las autoridades españolas a "garantizar su puesta en libertad en el plazo más breve posible".
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha confirmado así este lunes la condena que impuso a España en julio de 2012 cuando concluyó que no se podía aplicar la 'doctrina Parot' retroactivamente. España recurrió entonces la sentencia y el pasado mes de marzo defendió ante los 17 magistrados que integran el TEDH que no era igual un asesinato que 132.
Un día de redención por cada dos de trabajo
La doctrina Parot fue establecida por el Supremo cuando evitó que Henry Parot, autor de más de 80 asesinatos, entre ellos los del atentado de la casa cuartel de Zaragoza, saliera de prisión tras cumplir solo 16 años de condena gracias a los beneficios penitenciarios.
El Código Penal de 1973 permitía la redención de un día de condena por cada dos de trabajo. Hasta 2006, estos días se descontaban del tiempo máximo de estancia en prisión, que el Código de 1973 establecía en 30 años.
El Supremo estableció que los días de redención no debían descontarse de la pena máxima sino de cada una de las condenas individulamente que pesaran sobre el preso empezando por la de mayor cuantía, de forma que se garantizara que al menos permaneciera en prisión 30 años. Desde entonces se ha aplicado a más de un centenar de terroristas y delincuentes comunes, entre ellos varios violadores.
Más de un centenar de etarras pueden pedir su libertad
Ahora se abre la puerta a que 136 etarras pidan la revisión de sus condenas para salir de prisión (61 en una primera fase y otros 75 a lo largo de los próximos años), según los datos facilitados por el Ministerio del Interior a RTVE.es. Entre ellos está Domingo Troitiño, condenado por el atentado de Hipercor, y el asesino de Yoyes, Antonio López Ruiz, alias Kubati.
También podrán pedir la revisión 6 miembros del GRAPO, uno del GAL y otro del Ejército del Pueblo Gallego además de 15 delincuentes comunes como el asesino de las niñas de Alcasser Miguel Ricart o Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor, condenado por dos asesinatos y 18 violaciones.










