Esta fractura ya se había cristalizado en el Tribunal Supremo que impidió que Sortu concurriera a las elecciones vascas porque consideró que la formación estaba diseñada por ETA con el propósito de suceder a Batasuna. Nueve magistrados respaldaron esta tesis mientras que otros siete, entre ellos tres presidentes de sala, consideraron que esta partido rompía con la tutela de la banda terrorista.
El fallo del Tribunal Constitucional declara vulnerado "el derecho de asociación" de Sortu "en su vertiente de libertad de creación de partidos políticos" y anula el auto de la sala especial del artículo 61 del Tribunal Supremo que lo ilegalizó. Es la segunda vez que el tribunal de garantías corrige al Supremo en un proceso de ilegalización de partidos políticos. La primera fue en mayo del año pasado con la legalización de Bildu.










