El concejal ecosocialista defenderá que en la ordenación de los barrancos se mantenga la misma delimitación, clasificación y categorización de los Suelos Rústicos de Protección Hidrológica del PGO en vigor, y propondrá aplicar criterios extensivos a su clasificación y categorización, en cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 34.b de la Ley del Territorio canaria y normativa complementaria.
José M. Corrales insistirá en completar la red hidrológica del Plan Insular de Ordenación de Tenerife en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, adscribiendo como áreas de Protección Ambiental a aquellos otros barrancos no señalados en los planos de áreas de regulación homogénea del planeamiento insular; y conservando los suelos rústicos de protección económica, con valores existentes o potenciales y evitando actuaciones que pudieran dañarlos.
El concejal de IU-XTF ya ha defendido de forma reiterada que debe reconocerse, en el actual Plan General de Ordenación que los siguientes barrancos son relevantes no solo a nivel municipal sino también a nivel de la escala insular: BARRANCO MARRERO, BARRANCO GRANDE, BARRANCOS DE COSTA CARDÓN, BARRANCO DEL MUERTO y los barrancos de la zona denominada LOS LIRIOS – LAS VISTAS; por lo que se han de eliminar todas las propuestas de urbanización y edificación en estos espacios, así como la de aquellos otros terrenos afectados por barrancos.
José Manuel Corrales en la ordenación del suelo forestal defenderá aplicar criterios extensivos para la clasificación del suelo rústico de protección forestal, por su directa implicación en el ciclo hidrológico, justificando especialmente la delimitación que se realice en dichos suelos.
Para el concejal de IU- Por Tenerife la Revisión del actual errático PGO (que no categoriza ni un solo metro cuadrado de suelo rústico de protección forestal) debe clasificar y categorizar como suelo rústico de protección forestal aquellos terrenos que se encuentran en las áreas de "bosques potenciales" del PIOT - como gran parte de los terrenos de "Las Mesas"- así como el resto de terrenos aptos que se encuentran en un ARH "Laderas".










