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15 Ene

El Consistorio capitalino impulsa el Programa Insular de Rehabilitación de Viviendas junto al Cabildo

Santa Cruz de Tenerife/ Más de 40 beneficiarios accederán al fondo de 100.000 euros habilitado para acometer trabajos de reformas en el interior de sus hogares.

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife impulsa en el municipio, junto al Cabildo, el Programa Insular de Rehabilitación de Viviendas, que en su última convocatoria alcanzará a 43 beneficiarios, con una dotación de 104.217 euros. Según ha indicado la concejala de Vivienda, Carmen Delia Alberto, "más de un centenar de personas se han interesado por esta iniciativa de carácter plurianual".


Alberto explica que la cantidad global resultante "será financiada a partes iguales entre ambas administraciones", además de valorar que, gracias a este tipo de acciones, "es posible acometer obras que mejoran las condiciones de seguridad constructiva, habitabilidad y accesibilidad de los inmuebles".
"Es un programa pensado especialmente para personas que tengan dificultades a la hora de acometer obras de rehabilitación o reformas en sus viviendas, así como para quienes quieren adaptar su vivienda para resolver problemas de movilidad reducida o para que su hogar pueda cumplir con la normativa vigente en sus instalaciones".
La edil indica que, por un lado, se contribuye con un máximo de 6.000 euros de financiación aquellos proyectos que requieren trabajos de rehabilitación en el interior de cualquier vivienda particular. Y, por el otro, se subvenciona con hasta 1.000 euros por propietario a quienes, estando su bloque dentro de un ARRU, no disponen de medios para afrontar el pago de las derramas correspondientes a la parte que deben afrontar por su inmueble.
Los requisitos exigidos para optar a cualquiera de estas dos líneas de ayuda pasaban por la obligatoriedad de estar empadronados y residir en Santa Cruz con 6 meses de antelación a la fecha en la que se solicitó la subvención, ostentar la propiedad o copropiedad de la vivienda a rehabilitar o tener el usufructo o derecho de uso de la misma.
También era necesario que la vivienda a rehabilitar sea el domicilio habitual y permanente del solicitante y su unidad familiar, así como que el solicitante y ninguno de los integrantes de su unidad familiar sean titulares de otra vivienda. Por último, los ingresos de la unidad familiar no podían superar el doble del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.

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