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08 Oct

La Plataforma por la Dignidad de las personas sin hogar presenta un escrito al alcalde

Santa Cruz de Tenerife/  En un comunicado de prensa la Plataforma por la Dignidad de las personas sin hogar informa que han entregado al alcalde de Santa Cruz de Tenerife un escrito "sobre personas que viven en la celgán y otras problemáticas de los
Servicios Sociales".

 

Dicen textualmente que "Tal cómo anunciamos, hoy lunes hemos presentado escrito (que adjuntamos,con modificaciones al borrador que enviamos el otro día) remitido al SeñorAlcalde de Santa Cruz de Tenerife, dando cuenta de cómo están las personas
que viven en la fábrica de la celgan y otras muchas precarias en otroslugares de la ciudad. Nuestra intención es remitir la información a todoslos grupos del Ayuntamiento, y como hemos hecho otras veces, también aotras instituciones políticas y judiciales".

Añaden que "También preparamos desde la Plataforma una campaña de difusión ysensibilización ciudadana con la que implicar a colectivos y particularesen nuestra demanda de que todas las personas sin hogar puedan tener accesoal padrón municipal como vía parta salir de la exclusión, amén de otrascuestiones que también reflejamos en el escrito. Para ello, pondremos adisposición de todo el mundo unos modelos de escritos que cada cual, comociudadano o como colectivo podrá remitir a las instituciones competentes".

Una vez más, dicen,  "agradecemos enormemente la cobertura que han prestadonumerosos medios al asunto, porque la cuestión lo merece".

Escrito presentado:

Eloy Cuadra Pedrini, con DNI ____________, en representación de las personas que conforman la Plataforma por la Dignidad de las Personas sin Hogar, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle _____________________________________________, provincia de Santa Cruz de Tenerife y teléfono de contacto __________, ante su institución comparece y como mejor proceda en derecho MANIFIESTA:

-.PRIMERO.-
Al Señor Alcalde

En primer lugar significar que nos dirigimos directamente a Usted en lugar de a la concejalía correspondiente, preocupados por la gravedad de los asuntos que les llevamos, que creemos deben ser puestos en conocimiento directo de la Alcaldía con independencia de que luego sea la información derivada a otras concejalías.
Nos preocupa enormemente la situación actual de los Servicios Sociales del Municipio, en especial en la parte que corresponde a la asistencia a personas sin hogar y a familias precarias. Nos preocupan muchas situaciones, porque son muchos los casos de personas y familias precarias que tienen problemas serios y no están siendo asistidos por los Servicios Sociales, pero en este escrito nos vamos a referir principalmente a la situación de las personas que viven en la vieja fábrica de la celgan, en el santacrucero barrio de Somosierra.

-.SEGUNDO.-
Las personas que viven en la vieja fábrica de la celgan

Las personas que viven en esta fábrica abandonada, en torno a una quincena, han sido noticia esta semana por ciertas informaciones que han salido en prensa y también por una intervención que tuvimos que hacer desde nuestra Plataforma para ingresar y asistir médicamente a uno de ellos, enfermo de SIDA en avanzado estado.
Lejos de lo que se pueda pensar, hemos de decir que estas personas llevan muchos de ellos años viviendo allí, y dentro de sus posibilidades intentan mantener limpio su entorno, las habitaciones en las que viven, y el espacio en el que realizan su vida. Según ellos nos cuentan, la basura que se amontona en la vieja fábrica lleva allí mucho tiempo, antes de llegar ellos, y aunque ellos quieren mantenerlo limpio, al no disponer de medios mecánicos no pueden hacer más.

Aclarado este punto, pasamos a enumerar los problemas a los que se han de enfrentar las personas que viven en este recinto:

1.- Ausencia de asistencia social. En efecto, por la vieja fábrica de la celgan no acostumbra a pasar personal de la Unidad Movil de Acercamiento (UMA), al tener al parecer prohibido entrar en edificaciones, cuevas o casas abandonadas. Este hecho implica que sucedan cosas como las que estamos denunciando, que haya una persona enferma a punto de morir y los servicios sociales no tengan constancia, o que pasen hambre, que no haya condiciones mínimas de higiene y otras carencias.

2.- Falta de suministros básicos. Las personas que viven en este recinto no disponen de suministros esenciales, como son el agua potable o la luz eléctrica. Así, se ven obligados a usar velas, luces de batería y otros medios rudimentarios, y cada vez tienen más problemas para encontrar lugares donde les faciliten agua potable y agua para higiene personal, que deben traerla en garrafas desde otros lugares, por sus propios medios. Estas carencias los llevan a no poder conservar la comida en neveras o cocinarla como es debido, entre otras privaciones.

3.- Falta de protección contra las inclemencias meteorológicas. Pese a que los residentes en la vieja fábrica de la celgan intentan mantener en las mejores condiciones sus infraviviendas, lo cierto es que en muchos casos necesitan de medios a los que no pueden acceder, y encuentran problemas para protegerse del frío y de la lluvia, en algunas casos.

4.- Privación del derecho a empadronarse, lo cual los imposibilita para salir de su situación de precariedad. Este es el punto sin duda más importante, por las consecuencias muy negativas que arrastra para estas personas. Así, la normativa vigente establece el empadronamiento obligatorio de cualquier persona que viva en una localidad, aunque resida en una infravivienda, una caravana o una cueva, unos espacios que han de figurar como domicilios válidos en el padrón siempre que sea posible su localización. Al privar a esas personas de la posibilidad de contar con un domicilio oficializado, se las está privando del acceso a la red de derechos que todos los ciudadanos tienen por ser miembros de una comunidad social. Al no constar como residentes en el municipio, no pueden acceder a ayudas sociales, a una Prestación Económica de Asistencia Social (PEAS), a una ayuda al alquiler, a asistencia sanitaria, a la PCI, a un curso del INEM, al voto, a una beca, a una oferta de trabajo, e incluso a una ayuda alimentaria de una ONG caritativa, pues también en este caso les piden derivación o domicilio efectivo, que no pueden aportar. Esta situación los lleva a vivir al margen de la sociedad, olvidados por todos y sin derecho alguno, imposibilitados por mucho que lo intenten para salir de la marginalidad, cuando son las personas que más necesidad tienen de ser ayudadas.

-.TERCERO.-
El derecho al padrón como base para la reinserción social

El quinto punto al que hacíamos mención en el apartado anterior es una realidad que nos refieren que sufren no sólo las personas que viven en la vieja fábrica de la celgan, también otras muchas de otros núcleos marginales de la ciudad. De ahí que merezca este asunto tan importante un tratamiento más amplio, haciendo su análisis extensivo a todas las personas que sufren este problema en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife: en la fábrica de la celgan, en el Viera y Clavijo, en el Pancho Camurria, en las cuevas de Ifara, en la zona de Los Lavaderos, y en otros tantos lugares que se nos escapan.

Insistimos, la inscripción en el padrón tiene importantes consecuencia en los derechos de las personas, así se adquiere la condición de vecino, y se hace imprescindible para el ejercicio de derechos, tanto civiles, como es la participación política, como sociales (acceso a la tarjeta sanitaria, ayudas sociales, solicitud de vivienda de protección, etc.). Es una certificación que se requiere en las relaciones con la Administración Pública, un requisito esencial en las solicitudes de servicios y prestaciones públicas. La normativa que regula las solicitudes para el ejercicio de derechos como es el derecho a la educación, a la sanidad, a la justicia gratuita, a las becas, a la protección social, entre otros, prevé entre los documentos a entregar la certificación de la inscripción en el padrón (o el volante de empadronamiento). En definitiva, la no inscripción en el padrón afecta a los derechos y deberes de la ciudadanía, tiene, en consecuencia, importantes funciones como instrumento de las políticas públicas o fuente de información y control para las Administraciones públicas, y es un condicionante para el ejercicio de derechos y deberes de las personas, lo que convierte al padrón municipal en una figura de enorme trascendencia, imprescindible en la vida cotidiana de las personas que viven en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife.
En cuanto a la normativa legal, muy numerosa y apuntando todas en la misma línea. Sin extendernos demasiado en ello, dado que los servicios jurídicos del Ayuntamiento y los distintos departamentos y concejalías entendemos que lo deben tener presente, diremos que este derecho al padrón lo consagran entre otras, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Artículos 15 al 18), modificada por la Ley 4/1996, de 10 de enero, sobre el Padrón municipal (LRBRL). Una norma esta, la Ley 4/1996 que supuso un cambio drástico en el sistema de empadronamiento vigente hasta el momento.
En la misma línea, el Real Decreto 1690/1986 aprobó el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades locales (RPDT), y en sus artículos 53 y siguientes se regula la población y el padrón municipal, y el derecho de toda persona residente en un municipio a ser empadronado. Dicho reglamento fue adaptado a las previsiones de la ley 4/1996 por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre.

Y hablamos sólo de normativa nacional, sin entrar en normativa europea, donde también hay referencias varias a este derecho. Así, en el año 2008, el Parlamento Europeo aprobó una declaración sobre el problema de las personas sin hogar, en la que se pedía a los países de la UE un acuerdo europeo para poner fin al sinhogarismo de la calle en el año 2015 y se exigía a la Comisión Europea que pusiera en marcha diversas actuaciones. Posteriormente, se han desarrollado diversas actuaciones por la Unión Europea que recogen compromisos e instrumentos para poner fin al denominado sinhogarismo en Europa. Así, en marzo de 2010, la Comisión Europea y el Consejo Europeo de Ministros aprobaron el Informe conjunto sobre la protección y la inclusión social, el 17 de junio de 2010, el Consejo Europeo aprobó la nueva estrategia Europa 2020, y el 6 de octubre de 2010, el Comité de las Regiones aprobó un dictamen sobre la lucha contra el sinhogarismo.

En resumen, normativa hay para aburrir, y de su lectura se desprende que el empadronamiento es además de una obligación un derecho. De acuerdo con esto, el Ayuntamiento está facultado y obligado (por el artículo 54.3 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades locales) a empadronar de oficio a las personas que detecte que viven en su término municipal y no están empadronadas, con independencia del tipo de residencia en la que vivan, bastando con que sea un lugar donde se las pueda localizar con facilidad. En concreto, el artículo 54.3 del mencionado Real Decreto establece lo siguiente:

3. La inscripción en el padrón municipal de personas que residiendo en el municipio carezcan de domicilio en el mismo sólo se podrá llevar a cabo después de haber puesto el hecho en conocimiento de los servicios sociales competentes en el ámbito geográfico donde esa persona resida.

Si la normativa dispone lo que dispone, ¿por qué no se procede a empadronar a las personas sin hogar que hay en el municipio abriendo así el camino para su reinserción en la sociedad en unas condiciones dignas? En la Plataforma no vamos a especular con los motivos que llevan a esto al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, aunque sabiendo lo que sabemos nos tememos que pueda deberse a la escasa voluntad que desde el consistorio se muestra por ayudar a este grupo poblacional en aras a reinsertarlos en la sociedad. Baste recordar que hace casi un año se aprobó una Moción que daba solución a buena parte del problema y la Moción sigue sin llevarse a efecto. Así, se opta en cambio por la invisibilización, a la espera de que se acaben marchando a otros municipios o en el peor de los casos acaben muriendo, como de hecho ha ocurrido con bastante asiduidad en el último año y medio, donde en la Plataforma hemos registrado ya 13 personas fallecidas la mayoría sin hogar, en circunstancias bastante precarias.

TRAS TODO LO DICHO, con el debido respeto, desde la Plataforma por la Dignidad de las Personas sin Hogar, EXIGIMOS, que desde el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se hagan efectivas las competencias que la Ley le confiere en materia de Servicios Sociales, y que están obligados a cumplir, y procedan a:

I.- Empadronar a todas las personas que viven en la vieja fábrica de la celgan en el domicilio (calle y número de la fábrica) que figura en el registro, si se demuestra que es su domicilio habitual y único, o en su defecto en el Albergue Municipal.

II.- Empadronar por el mismo procedimiento a las personas sin hogar que se demuestre que residen habitualmente en el municipio y lo hacen en otros núcleos precarios de la ciudad, como son el Viera y Clavijo, la zona de Los Lavaderos, las cuevas de Ifara, el Pancho Camurria, cajeros automáticos, parques y lugares similares.

III.- Una vez facilitado el padrón a todas las personas que viven en la celgan y en otros lugares precarios de la ciudad, se las incluya en los programas normalizados de protección social que el Ayuntamiento dispone, en lo relativo a ayudas sociales, acceso a cursos, vivienda, derivaciones a ONG, ofertas de trabajo y otros derechos sociales que hasta ahora tienen vetados, en aras a su recuperación y posterior reinserción social.

IV.- Teniendo en cuenta que tanto su Ayuntamiento como el Cabildo de Tenerife y el Gobierno de Canarias conforman sus gobiernos con los mismos dos partidos en coalición (CC Y PSOE), realice las gestiones oportunas con el Cabildo y con el propio Gobierno de Canarias para habilitar entre las tres instituciones las muchas viviendas vacías que hay en Santa Cruz de Tenerife, de forma que puedan las personas que viven en la vieja fábrica de la celgan y otras muchas en similares circunstancias ir a vivir a pisos tutelados, viviendas unifamiliares y alojamientos acordes a cada caso, con vistas a la dignificación y normalización de sus vidas.

V.- Como medidas provisionales, hasta que se habiliten viviendas dignas para todos:

i) -Que se ayude con medios municipales a limpiar de basura y escombros y adecentar la vieja fábrica de la celgan, al objeto de evitar problemas de salud pública.
ii) -Que al igual que está haciendo el Ayuntamiento con la familias qua han okupado viviendas en el barrio de Santa Clara, se dote a las personas que viven en la vieja fábrica de la celgan de tomas de agua y luz con las que puedan cubrir algunas de sus necesidades más básicas.

VI.- Hacer las gestiones necesarias para que la persona enferma de SIDA que vive en la vieja fábrica de la celgan pueda disponer de un recurso sociosanitario donde estar atendido mínimamente con vistas a su recuperación, y de no ser posible dicha recuperación, para evitar al menos que muera en condiciones tan indignas.

VII.- Y contando también con la participación del Cabildo y del Gobierno de Canarias, se abran en el municipio comedores sociales gestionados por la propia Administración local en los distritos más desfavorecidos de la ciudad, para que puedan comer las familias santacruceras más precarias que en la actualidad mendigan por las ONG en busca de comida.

En Santa Cruz de Tenerife, 8 de octubre de 2012,

Firmado:

Eloy Cuadra Pedrini

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