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01 Jun

La Audiencia Nacional falla a favor del Ayuntamiento de Santa Cruz sobre el actual deslinde la Playa de Las Teresitas

Santa Cruz de Tenerife/ Desestima el recurso interpuesto por Inversiones las Teresitas S.L sobre el deslinde del tramo de costa de 1.476 metros de longitud perteneciente a la playa chicharrera.
El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife recibía hace unos días la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en la que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Inversiones las Teresitas contra la Orden Ministerial de 5 de enero de 2007, que aprobaba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 1.476 metros de longitud de la playa de Las Teresitas. De esta manera, la Audiencia Nacional avala la tesis que mantenía la Gerencia de Urbanismo y el propio Consistorio.


Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechazan los argumentos de la empresa recurrente sobre irregularidades y defectos formales, falta de motivación de resoluciones anteriores, imposibilidad de conservar estudios e informes del expediente del Orden Ministerial desestimando cada una de los motivos esgrimidos de impugnación.
La Audiencia Nacional señala en su sentencia que "el Plan Especial de Ordenación del frente de Playa Las Teresitas promovido por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, actualmente en tramitación, prevé la creación de un paseo marítimo en el frente de la playa, la ampliación de la superficie de playa seca, la eliminación de aparcamientos y viales y la creación de un parque urbano con equipamientos deportivos, lo cual es indicativo no solo de la posibilidad de recuperación de los terrenos considerados, sino además de la necesidad de destinarlos para los usos acordes al dominio público marítimo-terrestre". A lo que se añade en el escrito que "esta última manifestación está corroborada por la contestación a la demanda del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, y avala la viabilidad de recuperación de los terrenos para usos relacionados con la protección del dominio público como pueden ser canchas deportivas, jardines, terrazas, etc. así como que según el art. 38.2 del Reglamento de Costas no sería posible declarar la innecesariedad de dichos terrenos para su desafectación".
La Audiencia Nacional además impone las costas procesales a Inversiones las Teresitas y permite interponer ante la sentencia un recurso de casación.

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