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30 Ago

El juez Castro concede la libertad condicional al preso etarra Uribetxebarria

Uribetxebarria no saldrá inmediatamente de la cárcel. La sentencia es recurrible en un plazo de cinco días hábiles. El juez le prohíbe acercarse a las víctimas o sus familiares

Nacional/ El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha concedido la libertad condicional al preso de ETA enfermo de cáncer que secuestró a Ortega Lara, Iosu Uribetxebarria Bolinaga, han informado fuentes jurídicas a la Agencia Efe

No obstante, Uribetxebarria no saldrá inmediatamente de la cárcel, ya que la resolución del magistrado es recurrible en un plazo de cinco días hábiles, cuando la libertad se haría efectiva si ninguna de las partes la recurre y, de hacerlo, el recluso tendrá que esperar a que el auto sea firme.

El juez ha tomado esta decisión después de haber visitado brevemente a Uribetxebarria el pasado martes en el hospital de San Sebastián donde se encuentra ingresado y entrevistarse en una larga reunión con el oncólogo que está tratando al etarra para ratificar el informe que realizaron sobre su estado de salud en el que afirmaban que era "irreversible".

Durante su breve encuentro, Castro preguntó al preso de ETA si tenía algo que decirle y el recluso le replicó que se encuentraba enfermo y le pidió que cumpliera "su propia ley".

Castro ha adoptado esta decisión en contra del criterio de la Fiscalía que consideraba que el preso no cumplía los requisitos exigidos por la ley para salir de prisión y que no se encuentra en "una situación claramente terminal" ni "en el "último periodo de su vida".

Ya el pasado 17 de agosto, Instituciones Penitenciarias concedió el tercer grado por razones humanitarias a Uribetxebarria Bolinaga.
Prohibido acercarse a sus víctimas

En su auto, el juez le impone la prohibición de acercarse al domicilio y lugar de trabajo de sus víctimas o de los familiares directos de éstas, así como la de participar "de forma activa o pasiva" en manifestaciones públicas de enaltecimiento o legitimación de la violencia, especialmente de la banda terrorista ETA.

También le prohíbe hacer declaraciones "de esa naturaleza" o que conlleven "desprecio o desconsideración" de las víctimas del terrorismo o pudieran ofender sus sentimientos.

Asimismo, el recluso no podrá ausentarse sin previa autorización judicial de la localidad que fije como residencia y deberá presentarse mensualmente en los servicios sociales externos del centro penitenciario de San Sebastián y comunicar cualquier novedad referida a la evolución de su tratamiento médico.

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