Según la consejera de Políticas Sociales, "el objetivo ha sido no sólo garantizar la existencia de más plazas públicas y privadas disponibles para las personas dependientes, facilitando la puesta en marcha de recursos y servicios, sino de establecer unos estándares de calidad adecuados en la prestación de servicios específicos a este colectivo, mediante la evaluación periódica de la calidad en la prestación de los servicios para los centros o servicios relacionados con la dependencia que han obtenido la acreditación".
"Para ello, esta nueva normativa establece de forma clara y específica los requisitos relativos a la acreditación de los centros y servicios, el régimen de autorización, comunicación previa, los requisitos generales en materia de recursos humanos, las condiciones técnicas y materiales que deben reunir los centros, la actuación de la inspección de centros y la creación del Registro de centros y servicios en este ámbito", manifestó.
Más en concreto, el Reglamento regula el Régimen de autorización y comunicación (declaración), el Funcionamiento de los centros y servicios, la Acreditación de los centros y servicios, los Regímenes especiales de autorización y acreditación, así como el Registro de centros y servicios que actúen en el ámbito de la dependencia y la Inspección de los mismos.
Asimismo, la normativa establece de forma específica la tipología de centros y un catálogo de servicios que tienen que ofrecer los mismos.
"Se trata, en definitiva, de una normativa que, repito, lo que ha pretendido es no sólo facilitar y agilizar la puesta en marcha de recursos y servicios de atención a las personas dependientes sino que estos servicios cuenten con unos parámetros de calidad adecuados para la atención de este colectivo", concluyó Rojas.
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