La sentencia considera probado que entre 2002 y 2009 mantuvo relaciones sexuales con la menor, que se iniciaron durante las fiestas de San Miguel de aquel año cuando García llevó a la niña a su garaje, donde puso una película pornográfica y la besó y acarició hasta penetrarla vaginalmente.
A partir del año 2005, cuando los padres de la niña separaron, el ahora condenado, aprovechando la relación de amistad, la diferencia de edad con ésta, y la precaria situación económica de la familia, penetró vaginal y analmente a la menor en un número indeterminado de veces pero, en todo caso, más de tres.
Según la sentencia, el acusado Juan invitaba a su casa a la madre, ya separada, y a la hija, "con inteligenci límite", a las que proporcionaba alimento y dinero. Mientras la primera permanecía en la planta superior de la vivienda, el acusado bajaba con la niña al garaje y allí, casi a diario, "realizaba el acto sexual con ésta, la cual le advertía que no quería hacerlo y que en alguna ocasión también mantuvo estas relaciones sexuales con ella en el taxi de su propiedad, facilitándole asimismo a veces una píldora anticonceptiva".