La Guardia Civil también confeccionó diversas actas de denuncias al presunto autor de los hechos por carecer del permiso de conducción necesario para este tipo de vehículos, carecer de Seguro Obligatorio e ITV en Vigor y por no obedecer las órdenes y señales de los agentes.
Desde la Agrupación de Tráfico, se recuerda que este tipo de comportamientos se encuentran recogidos en el artículo 380 del Código Penal, el cual condena a los conductores de vehículos a motor y ciclomotores, que realicen una conducción con temeridad manifiesta y poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, con penas de prisión de entre 6 meses a dos años y privación del derecho a conducir entre 1 y 6 años.