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02 Oct

ANPE Canarias gana una sentencia que reconoce por primera vez sexenios a un docente con contrato laboral

Canarias/ La justicia da la razón al sindicato al entender que todos los profesionales de la enseñanza tienen derecho a percibir este complemento asociado a la formación.

Lajusticia ha dado la razón a ANPE Canarias en su primera lucha para que la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes abone los sexenios al personal laboral docente. El sindicato con más representación en el sistema público no universitario del Archipiélago ha logrado una sentencia histórica por la que la Administración Educativa deberá pagar este complemento asociado a la formación a un docente que no es funcionario sino personal laboral, legitimando de esta forma el derecho del profesorado a reclamar esta retribución con independencia de su vinculación administrativa con la Administración.

Las centrales sindicales más representativas del sector educativo y el Gobierno canario firmaron a finales de 2017 el Plan de Reconocimiento Profesional y Social del Profesorado, un acuerdo para mejorar las condiciones laborales y el prestigio de los profesionales de la enseñanza que incorporó el abono de los sexenios a todo el personal docente. Este documento daba respuesta así a una demanda histórica en la Comunidad Autónoma, que hasta entonces era la única que no recompensa a sus docentes por la formación permanente. Sin embargo, meses más tardes, cuando se publicó la Ley de Presupuestos y se estableció el mecanismo para acceder a estas retribuciones, únicamente se reguló el procedimiento para que los funcionarios, ya fueran de carrera o interinos, pudieran reclamar sus sexenios, lo que ha acabado generando situaciones de desigualdad "intolerables" para ANPE Canarias.

Ahora, el Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha considerado que esa "ausencia" de regulación en la Ley de Presupuestos no exime a la Consejería de su responsabilidad de abonar este complemento en las condiciones en las que se detallaba en el acuerdo original. Así, ha estimando la demanda interpuesta por el sindicato -en representación de uno de sus afiliados, profesor de Música- contra la Consejería, que deberá abonar al demandante 1.518,96 euros en concepto de sexenios, además de los intereses de demora.

La justicia avala así la tesis defendida por ANPE Canarias y considera que el acuerdo suscrito entre la Administración y los sindicatos es aplicable, "sin lugar a dudas", a todos los docentes, sean funcionarios o no, ya que en su articulado hace referencia en todo momento al "personal docente no universitario" , a la vez que distingue, cuando lo estima oportuno, entre funcionarios y docentes.

Por ello, según recoge el veredicto del juez, "el acuerdo se incorpora a las previsiones del convenio colectivo aplicable de manera directa, (...) no pudiendo por tanto acogerse la posición de la parte demandada en el sentido de considerar que la Ley de presupuestos restringe el alcance de dicho acuerdo, pues la Ley lo único que hacer es regular el sexenio para los funcionarios e incluso para los profesores de religión, pero ello en modo alguno supone que se excluya para el personal laboral, cuya normativa es otra, fundamentalmente el convenio colectivo y los acuerdos suscritos por las partes".

La organización sindical considera que esta sentencia es un "logro importantísimo" que abre la vía a más reclamaciones exitosas en el mismo sentido, lo que en el futuro podría acabar con la discriminación salarial que se está generando entre profesionales de la enseñanza que han dedicado el mismo tiempo y esfuerzo a formarse, pero que no obtienen la misma compensación únicamente por la naturaleza de su vinculación con la Administración.

"Además de generar situaciones de desigualdad difícilmente defendibles, este trato diferenciado no respeta el Plan de Reconocimiento Profesional y Social del Profesorado. Este acuerdo incluía la mejora del marco retributivo de todo el personal docente no universitario del ámbito de la Consejería de Educación y Universidades a través del abono del complemento por formación permanente, conocido en el resto del Estado como sexenio, y el abono de otros complementos asociados a funciones docentes de especial responsabilidad", recuerda Pedro Crespo, presidente de ANPE Canarias. "Posteriormente, la regulación que emanó de ese acuerdo que firmamos los representantes de los trabajadores se refirió esencialmente a los funcionarios, algo que no estaba restringido en el documento inicial y que no es justo, pero ha sido el argumento jurídico esgrimido por la Administración hasta ahora para no tener que abonarlos. Esta sentencia allana el camino para conseguir una igualdad salarial real que no solo traerá mejoras salariales para un sector del profesorado, sino que ayudará a que todos los docentes se sientan igual tratados e igualmente comprometidos con nuestra sistema", añade el representante sindical.

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