"Estamos hablando de llamadas a horas intempestivas, coacciones, llamadas incluso amenazantes, correos electrónicos y, en ocasiones, actitudes muy agresivas que no deben ser soportadas y que en muchos casos se trata de desacuerdos del consumidor con lo que se le quiere cobrar", señaló Gustavo Matos que añadió que, en cualquier caso, "se debe proteger al consumidor de este tipo de prácticas cuya legalidad es, cuando menos, discutible".
Matos señaló que se ha acordado elaborar un protocolo o guía de recomendaciones que permitan al consumidor conocer qué vías puede utilizar para que cesen estas prácticas y, en el caso de que decida reclamar, cómo debe hacerlo, todo ello en base a la Ley de protección de Datos y en coordinación entre las OMIC y la Dirección General de Comercio y Consumo.
Otro de los acuerdos alcanzados en el Pleno fue el de instar al Gobierno de España a que modifique la normativa estatal para delimitar la protección a los consumidores en esta cuestión concreta mejorando la regulación y endureciendo las sanciones correspondientes.