A) Pensionistas que perciban una pensión de un organismo público, por razón de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad.
B) Titular de la vivienda que conviva con un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad en línea recta o colateral que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
C) Desempleados/as de larga duración. A estos efectos, se entiende desempleado de larga duración, a aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes, con una antigüedad mínima y de manera ininterrumpida de doce meses, desde la fecha de solicitud de esta subvención.
La ayuda concedida con arreglo a estas bases ha tenido un importe máximo equivalente al 90% de la cuantía principal del recibo del IBI urbano pagado correspondiente al ejercicio 2014, con cargo al beneficiario de la ayuda.
Hay que señalar que se presentaron un total de 168 solicitudes de las que se aprobaron 148 y se desestimaron 20, en su mayoría por superar los límites de ingresos fijados en la base que regulan la concesión de estas ayudas.
Las personas que por cualquier motivo no hayan podido asistir a la recogida de las subvenciones en el día de hoy, podrán hacerlo, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en el departamento de Intervención del Ayuntamiento presentando su documento nacional de identidad(DNI).
La finalidad de la concesión de estas ayudas es contribuir a mermar las dificultades económicas que puedan tener los vecinos más desfavorecidos de este municipio, en el incremento repercutido por la revisión de los valores catastrales del IBI, en orden a posibilitar la permanencia en su medio habitual, evitando situaciones de desarraigo.










