Dichas medidas cautelares, tal y como se recoge en la resolución, obliga a CLECE S.A., empresa que actualmente presta dichos servicios en la capital grancanaria, a poner a disposición de los trabajadores mascarillas, gel desinfectante, guantes y batas desechables en un plazo de 48 horas.
En cuanto a las condiciones de realización de la actividad laboral del mencionado personal en los domicilios de las personas a las que prestan asistencia, dicha prestación habrá de realizarse, en la medida en que ello sea posible (lo que no será factible en relación con la tarea consistente en asistencia para la ducha o bañar a la persona dependiente), observando el confinamiento en habitación o dependencia distinta a aquella en la que el referido personal realice su trabajo.
Asimismo, la denuncia presentada ante la Inspección de Trabajo, por este mismo motivo, en Santa Cruz de Tenerife sigue su curso legal. Desde este sindicato se permanece a la espera de la evolución del trámite para informar a los trabajadores/as al respecto.