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21 Feb

El TSJC ha dado la razón a CSIF Canarias en la demanda presentada contra la empresa Transportes Aéreos Sanitarios Isleños (TASISA)

Canarias/ El Tribunal Superior de Justicia de Canarias condena a la empresa TASISA, encargada de la gestión de las ambulancias en casi toda Canarias, por vulnerar la libertad sindical.

El sindicato mayoritario dentro de las administraciones públicas, y con gran crecimiento dentro de las empresas privadas, CSIF CANARIAS defendía así su derecho de utilizar el local sindical en las mismas condiciones que el resto de sindicatos. El Juzgado ha dictado sentencia en la que estimó la demanda de CSIF CANARIAS contra la empresa más importante de ambulancias de Canarias, "Transportes Aéreos Sanitarios Isleños S.A." (TASISA), en la que se declara "que se ha vulnerado el derecho fundamental de libertad sindical de los actores", "se condena a la empresa demandada, a facilitar a la sección sindical del CSIF, un local adecuado o las llaves del local ofrecido a disposición de la misma", y por último, "se condena a Transportes Aéreos Sanitarios Isleños S.A., a abonar a la parte actora, el importe de 751 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados".


Desde el sindicato CSIF CANARIAS se ha entendido lo dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias como un hito dentro de la historia de la ambulancias en Canarias, "en la que la empresa y los sindicatos mayoritarios que históricamente han conformado la misma, han ido de forma más o menos directa, mermando el derecho de los trabajadores en la empresa, particularmente el derecho a realizar acción sindical por las secciones sindicales que de verdad quieren mejorar los derechos de los trabajadores de ambulancia en Canarias".
En palabras de Beneharo Alonso, delegado sindical electo en la empresa de ambulancias, "CSIF se muestra muy contento del fallo de la sentencia, y entendemos que incluso el hecho de no condenar a los representantes de CCOO es lo mejor que puede pasar, entre todos los trabajadores debemos de sumar con independencia de las siglas a las que representemos".
Por último, en palabras de José García y Cristo Llurda, abogados del sindicato CSIF CANARIAS que han llevado el asunto, entienden que el pronunciamiento desde el juzgado es acertado, tal y como reproduce la sentencia: "lo que se ha producido, es una violación del derecho fundamental de libertad sindical por la empresa, en cuanto, tenía una obligación, en manifestación del derecho de libertad sindical de la sección sindical de CSIF CANARIAS, de entregarle en igualdad de condiciones con el resto de usuarios legitimados, un local adecuado para su actividad sindical. Y si la decisión empresarial, fue proporcionarle un local compartido, debió facilitarle una copia de la llave, al igual que la tenía el Comité de Empresa, y no condicionar o limitar el derecho de la sección sindical a lo que decidiera el Comité de Empresa".

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