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Situación actual de las retribuciones de los socios/administradores
Dentro de la problemática más reciente que existe en materia de retribución del personal de alta dirección de las pequeñas y medianas compañías de nuestro país, podemos destacar el eterno debate sobre la deducibilidad del cargo de administrador en el Impuesto Sobre Sociedades (en adelante IS).
En esta materia, tenemos que tener en cuenta el cambio de tendencia jurisprudencial, acaecido desde que las sentencias de la sala laboral del Tribunal Supremo establecieron la famosa teoría del doble vínculo. Según esta teoría, para el desempeño de las llamadas funciones directivas por socios que han suscrito un contrato laboral y que a la vez ejercen el cargo de administrador, debe entenderse que su vínculo con la sociedad es exclusivamente de naturaleza mercantil y no laboral, por cuanto dichas funciones laborales son subsumidas en las propias del cargo de administrador. De este modo, se considera que si el cargo de administrador no figura retribuido en los estatutos sociales de la sociedad, no existe deducibilidad en el IS; no solo de sus retribuciones por el cargo del administrador, sino también por ejercer funciones directivas por medio de un contrato laboral. Así se reconocía en las sentencias del Tribunal Supremo de fecha 13 de noviembre del 2008, comúnmente conocidas como "caso Mahou".